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miércoles, 29 de agosto de 2012

CONTRA EL DELITO DE OPINIÓN

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
Afortunadamente, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió desistir de denunciar a la columnista Cecilia Orozco por los delitos de calumnia e injuria a causa de un escrito suyo en que criticaba algunas decisiones de esa Corporación. Lo cierto es que la actitud de la Sala fue rechazada -a mi juicio con razón- por la generalidad de quienes se refirieron al tema, pues representaba una amenaza contra las libertades de expresión y prensa, particularmente por provenir precisamente del tribunal que, en nuestro sistema jurídico, dice la última palabra, como órgano límite de la jurisdicción ordinaria, acerca de lo que es o de lo que no es delictivo. De haberse abierto paso la tesis implícita en tal denuncia habría quedado plasmado en la práctica el delito de opinión, un peligroso concepto, inadmisible en términos democráticos. Es verdad que la Constitución no reconoce derechos absolutos, y el derecho a expresarse con libertad no es la excepción. Ella no puede entenderse como “patente de corso” para -encubriendo informaciones o datos falsos- dañar impunemente la honra o el buen nombre de personas en concreto. Pero las opiniones en sí mismas, en cuanto elementos subjetivos que traducen lo que alguien piensa, no pueden ser tachadas de falsas ni calificadas de verdaderas. Son simplemente las opiniones, que no deben ser, por tanto, judicializadas. En el caso específico de Cecilia Orozco, no parece que la columna escrita constituyera nada distinto de un escrito que reflejaba la opinión de la columnista, y era válida como tal aunque no fuera favorable a los magistrados, o aunque muchos no la compartieran. Ahora bien, la preocupación de la prensa y los periodistas era en este caso explicable porque resultaba muy difícil imaginar que uno de los tribunales o jueces subalternos de la Sala en referencia gozara de la suficiente independencia o autonomía judicial para resolver acerca de una denuncia presentada institucionalmente por sus superiores. De otro lado, quienes habitualmente opinan acerca de las decisiones judiciales y sobre la actividad de las altas corporaciones de la justicia habrían quedado en situación de perplejidad ante la inusitada posición de la Sala Penal, ya que en el futuro no habrían sabido cuáles son, en nuestro sistema jurídico democrático, los confines de su libertad de opinión o crítica. El asunto es delicado, y respetuosamente consideramos que ante la duda entre los dos extremos de la controversia –mayor libertad o mayores controles sobre la libertad- debe prevalecer una interpretación que salvaguarde la libertad, si bien de modo razonable, sin perjuicio del necesario respeto a los derechos fundamentales. Pero el equilibrio entre derechos puede lograrse. Y en ello, con la debida honestidad, todos deberíamos empeñarnos. El ejercicio de un derecho no tendría que significar el sacrificio de otros.

lunes, 5 de julio de 2010

EL PRI GANÓ ELECCIONES EN MÉXICO

Se llevaron a cabo las elecciones en territorio mejicano, con la característica de la violencia desaforada en muchos lugares, y con miedo de los electores. Así lo registra BBC MUNDO:

domingo, 10 de enero de 2010

¿QUÉ PASA EN LA JUSTICIA DE COLOMBIA?

Por José Gregorio Hernández Galindo



Es justificada la polémica que se ha ocasionado en el país por causa de decisiones judiciales en cuya virtud han quedado en libertad personas señaladas como autoras de graves delitos. Entre otros, están los casos recientes de siete capturados en un campamento guerrillero, libres al parecer por vencimiento de términos; de alias "Pedro Orejas", en la zona esmeraldera, libre por la misma razón; de algunos militares sindicados de "falsos positivos"; del empresario barranquillero que mató a su ex esposa, a quien había amenazado, anunciándole que "no pagaría un solo día de cárcel"; y -claro- los reiterados eventos de atracadores, asaltantes y raponeros sorprendidos en flagrancia y de regreso a sus actividades pocas horas después. Inclusive, en televisión se presentó el caso de los familiares de un hombre asesinado, a quienes el homicida -libre y vecino de ellos- amenaza constantemente.

Es verdad que la libertad debe ser la regla y que la privación de la misma debe ser extraordinaria, pero lo que no está claro en la práctica es cuándo se justifica y cuándo no. Así, por ejemplo, al mismo tiempo que se decretaba la libertad en los casos mencionados, un joven estudiante que utilizó la red social en internet para amenazar de muerte, en forma virtual, al hijo del Presidente de la República, sin ningún acto real orientado a cumplir ese propósito, fue inmediatamente capturado y está preso, como lo están también políticos -entre ellos, ex presidentes del Congreso-, cuya peligrosidad es muy discutible, sin que se les haya probado su vínculo con organizaciones criminales.

Expertos penalistas han manifestado que estas contradicciones e inconsistencias provienen del nuevo sistema penal acusatorio, y del Código de Procedimiento Penal, mientras otros opinan que no es culpa de las normas sino de su mala interpretación por parte de los fiscales y de los jueces de control de garantías. Y, a la vez, esta última tendría que ver según otros- con una pésima preparación de los funcionarios para aplicar el nuevo sistema.

Con independencia de la discusión que pueda adelantarse -y es urgente hacerlo- sobre la legislación, la verdad es que, en todas las ramas del Derecho hay decisiones judiciales completamente inexplicables, que generan una terrible inseguridad jurídica. Muchas son las providencias mal fundamentadas, que no resisten la mínima comparación con las normas aplicables; que revelan deficiencias enormes en la estructura jurídica del juez; que muestran su pereza para cumplir términos, y no olvidemos los muchos casos de corrupción.

domingo, 3 de enero de 2010

EMERGENCIA EN LA SALUD. DEFICIENCIAS ESTRUCTURALES





Por José Gregorio Hernández Galindo


No sabemos qué diga finalmente la Corte Constitucional cuando, en desarrollo del control judicial automático, estudie el Decreto 4975 del 23 de diciembre, mediante el cual el Presidente de la República declaró el Estado de emergencia social en materia de salud, y, si se tiene en cuenta el antecedente de la utilización de la misma figura para sortear la crisis provocada por la caída de las “pirámides”, es probable que lo encuentre exequible.
Pero, con todo respeto, nos parece que la institución excepcional en referencia no se concibió en 1968 –cuando por primera vez fue consagrada, sobre la base de distinguir orden público político de orden público económico y social-, y menos en 1991 -cuando se quiso evitar que el Gobierno desplazara al Congreso en el ejercicio de la función legislativa con cualquier pretexto-, para resolver problemas estructurales de la economía, ni para sofocar fenómenos ocasionados por prácticas inveteradas que en su momento fueron susceptibles del control a cargo del Gobierno y la administración mediante el uso de sus atribuciones ordinarias.
En otros términos, no es constitucionalmente correcto que el Gobierno quiera solucionar con medidas extraordinarias lo que habría podido arreglar de tiempo atrás por la vía de su función permanente de control, o usando su iniciativa legislativa para promover normas que, suficientemente debatidas y expedidas por el Congreso, hubieran podido corregir errores de diseño del sistema o falencias en la organización u operación del mismo.
Por ello, a nuestro juicio, la emergencia del año pasado no se ajustaba a las exigencias del artículo 215 de la Constitución, ya que la captación masiva y habitual de los recursos del público por parte de entidades y personas sin la debida autorización estatal –exigida expresamente por el artículo 335 de la Constitución- fue algo que se desenvolvió a lo largo de varios años, a ciencia y paciencia del Ejecutivo, sin que hubieran actuado –como tenían que hacerlo- las superintendencias de Sociedades y Financiera, y sin que la Fiscalía hubiera iniciado las investigaciones penales que con premura y bajo presión comenzó sólo después de la catástrofe. El propio Presidente de la República reconoció públicamente la negligencia oficial al respecto, pero después, para afrontar la debacle, acudió al instrumento excepcional, no previsto con la finalidad de enderezar lo que se torció por la incuria de las autoridades.
La emergencia debe corresponder, como surge de la propia Carta Política, a un medio extraordinario, ante crisis sobrevinientes, que irrumpen y amenazan gravemente el orden económico o la estabilidad social y que escapan al control y al manejo normal de las situaciones por el Ejecutivo.
Por eso no estamos de acuerdo con la emergencia social en salud. Con ella se quiere, tardíamente, más que atender con eficacia y agilidad las necesidades de los colombianos en ese aspecto, solucionar una coyuntura financiera que ha podido ser prevenida mediante disposiciones legales que corrigieran la Ley 100 de 1993, en cuya virtud, infortunadamente, la salud se convirtió en un negocio.

El Gobierno jamás se ha preocupado por los cotidianos obstáculos que los intermediarios de la salud oponen a los derechos esenciales de los usuarios, y hasta objeta proyectos de ley de protección –como la de los niños afectados por el cáncer-. Y ahora declara la emergencia para dar recursos a esos intermediarios; para restringir la tutela y para hacer que los pacientes paguen el doble por los servicios de salud: lo que se les descuenta a los trabajadores por nómina, y los co-pagos que ahora se inventó para desalentar el amparo judicial a los derechos fundamentales.

domingo, 27 de diciembre de 2009

UN CRIMEN IMPERDONABLE


Por José Gregorio Hernández Galindo

El crimen cometido por las FARC en la persona del Gobernador del Caquetá, Luis Francisco Cuéllar, es de los más cobardes que hayamos sufrido los colombianos en el curso de este conflicto interminable. Dada la situación de indefensión en que fue puesta la víctima, a quien los guerrilleros no vacilaron en degollar -de modo miserable, como bien lo dijo el Presidente Uribe-, lo ocurrido desborda la descripción internacional del crimen de guerra, y tiene más la característica de un crimen contra la humanidad.

Estos enemigos de Colombia se están especializando en la cobardía: asesinaron a mansalva a los once diputados del Valle del Cauca -también indefensos-; asesinaron de la misma manera a miembros de la familia Turbay Cote; lo propio hicieron con el Gobernador Gaviria y con el Comisionado de Paz Echeverri, de Antioquia; con Consuelo Araujo Noguera; con los indígenas de Nariño..., para no mencionar sino algunos de los casos conocidos. Vaya uno a saber cuántos otros crímenes habrán tenido lugar en el interior de la manigua, inclusive con integrantes de la propia organización armada.

Indudablemente, en el caso del Gobernador Cuéllar, el acto en sí mismo -desde el momento de la incursión en la residencia del funcionario, pasando por el también cobarde asesinato del patrullero que lo cuidaba y por el secuestro, hasta el desenlace final- es un acto de terrorismo, ya que tiene el propósito claro y deliberado de sembrar pánico entre la población, y de amedrentar a las autoridades, fuera -claro está- de demostrar que se puede humillar impunemente a la primera autoridad de un Departamento y a la vez poner en evidencia las fallas y vacíos de la llamada seguridad democrática.

A propósito, cabe preguntar: ¿cuál seguridad, cuando a la casa de un gobernador que había sido secuestrado cuatro veces y que estaba amenazado pueden entrar, como por la suya propia, los guerrilleros de las FARC, con el único y fácilmente superable obstáculo de un solitario patrullero de la Policía Nacional? Al respecto, creemos que deberían rodar cabezas. ¿Quién o quiénes son los responsables de que el Gobernador estuviera tan desprotegido? ¿Pasa lo mismo con otros gobernadores? ¿O es que hay gobernadores de primera y de segunda o tercera categoría?

Este acontecimiento tiene un efecto muy grave en lo relativo al proceso en curso, orientado a la liberación de soldados y policías secuestrados por las FARC desde hace años, dos de esas liberaciones anunciadas unilateralmente por la guerrilla varios meses atrás y esperadas con ansiedad por las familias y por toda Colombia, pues ahora la orden presidencial es la de proceder en todos los casos al rescate armado, con el consiguiente riesgo para la vida y la integridad de los plagiados.

En esta Navidad, entonces, pedimos con todo fervor al Niño Dios que se acuerde de Colombia y que incida en la hasta ahora impenetrable conciencia de los desalmados.

lunes, 13 de abril de 2009

DOS ANACRONISMOS

José Gregorio Hernández Galindo

Anacronismos: cosas que no deberían decirse ni ocurrir en pleno Siglo XXI.


El Procurador General, Alejandro Ordóñez, ante una pregunta de CARACOL sobre la extraña diferencia entre su resolución absolutoria de los funcionarios de la “Yidispolítica” y el proyecto que habían preparado para la firma del anterior titular Edgardo Maya, respondió: “A rey muerto, rey puesto”. Lo cual, además de inaceptable soberbia, constituye, desde el punto de vista jurídico, una gran equivocación acerca del papel del Jefe del Ministerio Público.


Si, afortunadamente, no es rey el Presidente de la República, con todo lo desastrosa que sería una presunción que aquél tuviera en tal sentido, menos lo es la cabeza de la Procuraduría. Definitivamente, no es un Rey, ni nada parecido -Dios nos libre-, y que lo proclame es algo contrario al Estado de Derecho, cuya defensa le compete, y a la idea misma de democracia, como sistema político esencialmente diverso del que quisiera encarnar el doctor Ordóñez.


Amigos de la monarquía en Colombia, hay varios, el Procurador uno de ellos, e ingenuamente se debe sentir con la corona puesta.


Hablando de épocas superadas y de posiciones anacrónicas y antidemocráticas, es importante registrar que, en el mundo, regresó la piratería, como en los viejos tiempos del Caribe, o de los secuestros aéreos.


En altamar, para sorpresa y preocupación de gobiernos y empresas, han reaparecido los corsarios y filibusteros.


Con francotiradores, la Armada de Estados Unidos liberó al Capitán Richard Philips, que se encontraba en poder de piratas somalíes, tres de los cuales murieron durante el ataque y otro fue detenido. Los secuestradores amenazan vengarse, después de haber mantenido a Philips como rehén en un bote salvavidas por cuatro días. Y de haberse enriquecido con el dinero cobrado por los rescates.


Obama no quiso dialogar, y ordenó el rescate militar, evitando -con la buena suerte del operativo- la crítica incesante que ya se esperaba, mientras el rehén permaneciera privado ilegalmente de su libertad.


Hay más de 250 rehenes en manos de piratas. Muchos de ellos de Bangladesh, Pakistán y Filipinas, país que tiene a 92 personas secuestradas.


En fin, volvió la piratería, y el mundo debe entrar en el análisis de lo que podría hacer para contrarrestarla, pero sin poner en peligro la vida ni la integridad de los rehenes.


Guardadas proporciones, lo que pasa aquí con los secuestrados por las FARC.

jueves, 9 de abril de 2009

¿ QUO VADIS, URIBE ?

OCTAVIO QUINTERO

"El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente": Lord Acton.

Si alguien se tenía como modelo a seguir en la década de profundos cambios políticos, económicos y sociales del 90 en Colombia, cuando nos dimos una nueva constitución, hicimos la paz con el M-19, nos implantaron el neoliberalismo, el narcotráfico nos impuso a Samper y las Farc a Pastrana, ese fue Fujimori.

Los periódicos de la época son testimonio histórico de cuantas veces importantes políticos, columnistas, empresarios, académicos e intelectuales nos decían que lo que Colombia necesitaba era un presidente tipo Fujimori, cuyo ejemplo de mano dura con los terroristas le daba la vuelta al mundo, junto con una jaula en la que mostraba aprisionado a Abimael Guzmán, el terrorista fundador y jefe de Sendero Luminoso.

A priori (la historia podría encargarse de testificarlo), no cabe duda que esa imagen, y esa sutil insinuación de su ejemplo, movió las masas colombianas para llegar en 2002 a elegir presidente a Álvaro Uribe Vélez, el joven gobernador de Antioquia que ya con su mano dura en Urabá, una rica región de exportación bananera, había puesto en jaque a la guerrilla en esa zona.

Cruelmente, parece que Uribe no sólo tuvo su génesis en el hombre duro de Perú que acaba de ser condenado en un fallo histórico por tratarse de la primera vez que la propia justicia de un país latinoamericano condena a un jefe de Estado, sino que va camino de su mismo epílogo.

El propio presidente Uribe, seguro de que aquí en Colombia tiene secuaces para rato, se ha mofado en público de que la Corte Penal Internacional pueda enjuiciarlo. Pero en privado se dice que una de las estrategias para evitar esa posibilidad, que no parece tan descabellada desde la perspectiva del respeto a los Derechos Humanos y al DIH, es, precisamente, atornillarse al cargo de Presidente mediante una y otra reelección hasta llegar a la indefinida.

Es, a propósito, la única diferencia que podría encontrarse entre el “Siempre Chávez” de Venezuela y el “¿Si no es Uribe, quién?”, de Colombia: que el primero busca perpetuarse en el cargo para preservar su revolución del llamado “Socialismo, Siglo XXI”, y el otro sacarle el bulto a la inmediatez de un eventual juicio internacional por las atrocidades cometidas en Colombia desde su mandato provincial en el que como gobernador de Antioquia promovió las cooperativas de paramilitares asesinos que se encargaron de limpiar a Urabá de guerrilla, pero arrasando por parejo con toda forma de vida humana que apareciera al paso, y de paso, despojando a los campesinos de sus tierras que pasaron a engrosar la vasta extensión de cultivos de banano aprovechable por Chiquita Brown, años más tarde condenada en el propio Estados Unidos por apoyos económicos y logísticos a las fuerzas paramilitares del Urabá.

Siempre es grande la diferencia entre uno y otro; y si fuera menester tragarse el sapo, haría más por Chávez que por Uribe, antes de vomitarme.

LA CONDENA A FUJIMORI


José Gregorio Hernández Galindo

Dice Mario Vargas Llosa que la sentencia dictada el 7 de abril por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia del Perú contra Alberto Fujimori -25 años de prisión por violación de derechos humanos, homicidio y secuestro- "va a servir de vacuna contra futuros dictadores y golpes de Estado¨", y que "toda Latinoamérica tiene que celebrar este hecho porque va a defendernos contra esta epidemia que hemos padecido a lo largo de nuestra historia, que es el autoritarismo, las dictaduras y los caudillos".
Es verdad. No pueden repetirse las "hazañas" tipo Fujimori en ninguno de los países latinoamericanos, en donde los caudillismos y el endiosamiento de dictadores tienden a darse silvestres.
Y me permito añadir: "fujimoris" hay muchos. También hay muchos "montesinos", y todos ellos tienen que ser procesados; responder ante los jueces y los pueblos por sus crímenes; resarcir a las víctimas, y no regresar al poder.
La sentencia del tribunal inca sienta un precedente ejemplar, no únicamente en el país que fue azotado por el auto golpe de Estado, sino en todas partes, pues se trata de una reacción de la humanidad para reivindicar sus derechos esenciales.
Ojalá todos los tribunales de América lo tengan en cuenta y asuman sus funciones con renovados bríos. Se nos ha notificado acerca de que la justicia puede alcanzar a los más poderosos. Nadie, en ningún Estado, está exento de responsabilidad penal por sus actos ni por sus omisiones. La investidura presidencial -que en nuestras democracias se ha convertido en signo monárquico- no constituye blindaje frente a los jueces.
Ahora bien: los crímenes de Estado -a la inversa de lo que proclama nuestro Gobierno- también son crímenes, y sus autores merecen castigo, inclusive con mayor drasticidad, ya que aprovechan el monopolio de la fuerza -concebido con otros fines- y se pone a disposición de intereses oscuros y de pasiones inconfesables.
La Corte peruana halló responsable a Fujimori por crímenes de lesa humanidad en calidad de autor mediato, es decir intelectual -el que está detrás de los criminales que obraron directamente-, en los casos de matanzas ocurridas en 1991 y 1992 en “Barrios Altos” y en la Universidad de “La Cantuta”, en donde fueron asesinadas quince y diez personas respectivamente. ¿Qué se hará en Colombia con los autores intelectuales de los "falsos positivos"?
El fallo de los magistrados peruanos resalta que el fin no justifica los medios, como lo proclaman muchos en Colombia. La lucha contra el terrorismo no es "patente de corso" para cometer crímenes de lesa humanidad, ni para coartar los derechos y las libertades.
Ahora los amigos de Fujimori -y su hija Keiko, que quiere ser Presidente para concederle el indulto- se quejan de que ha sido condenado "el hombre que pacificó al país"; el que "acabó con el terrorismo". Pues no. Ese argumento debe rechazarse por antijurídico, por inhumano y por antiético.

Aserrín, Aserrán

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ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO. EX MAGISTRADO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA