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miércoles, 12 de marzo de 2008

EL LLAMADO DEL PAPA CONTRA LA TORTURA


José Gregorio Hernández Galindo

Mientras el Presidente de los Estados Unidos proclama que el tormento denominado "submarino", aplicado a los prisioneros, merece el apoyo de los gobiernos; que no es una tortura; que por ese medio han sido salvadas muchas vidas, merced a la presión que se ejerce sobre los interrogados -que él supone siempre son terroristas-; y a la par que veta el proyecto de ley aprobado por el Congreso norteamericano, desde Ciudad del Vaticano se informa que el Santo Padre, Benedicto XVI, se ha pronunciado contra la tortura.

El Papa habló con gran energía ante más de ocho mil fieles reunidos este miércoles en el Aula Pablo VI durante la Audiencia semanal, y condenó toda práctica que implique tortura, en cualquiera de sus modalidades, pues la consideró "absurda", en especial si se aplica por motivos religiosos, políticos, o por las convicciones de las personas.

El Pontífice advirtió que, a su juicio, son particularmente injustas las condiciones de las personas hechas prisioneras y torturadas, con lo cual, aunque no se refirió al caso norteamericano, ni a los prisioneros de Guantánamo, y menos a las recientes manifestaciones de Busch a favor de la tortura, respondió a esas renovadas manifestaciones de salvajismo y brutalidad que parecen estar tomando renovada fuerza en el mundo, con el pretexto de la lucha contra el terrorismo. Este, si bien es cierto merece el repudio de la humanidad entera, no puede combatirse con métodos de similar bajeza por los Estados, y nos parece que ha llegado el momento de unir las voces de quienes no compartimos tales procedimientos, lesivos de la dignidad humana y de sus más sagrados derechos.

Es inadmisible que la respuesta a la violencia de los terroristas sea una mayor violencia, desatada por los propios Estados que se proclaman democráticos. Ellos deben obsevar unas reglas mínimas de auto-control que impida a sus agentes equiparar las conductas y sistemas oficiales a los usados por los grupos delictivos, como la mafia, el narcotráfico o los movimientos alzados en armas. Al Estado se le exige, en nuestras organizaciones políticas -que nos enorgullecemos en mostrar como "civilizadas"- un comportamiento respetuoso del Derecho y de la dignidad humana.

Aplausos para el Papa. Rechazo contundente, a nombre del Derecho y la justicia, para teorías como la de Bush, vengan de donde vinieren.

lunes, 10 de marzo de 2008

NO ES LÍCITO PAGAR LA RECOMPENSA


JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO



El comandante de las Fuerzas Militares , general Freddy Padilla, dice haber organizado un equipo jurídico encargado de establecer si, a la luz del ordenamiento jurídico, las autoridades colombianas deben entregar a Pedro Pablo Montoya, alias "Rojas", el guerrillero que dió muerte a Manuel Muñoz, alias "Iván Ríos", la recompensa prometida (cinco mil millones de pesos) a quien diera informes eficaces que condujeran a la captura de aquél, uno de los principales jefes de la guerrilla de las FARC. Esto ha provocado una gran polémica, tanto desde el punto de vista político o de conveniencia como desde las perspectivas éticas y jurídicas.


Quiero encabezar este comentario con dos afirmaciones que no son de mi propiedad intelectual sino que hacen parte de la cultura jurídica: 1) El fin no justifica los medios; 2) El valor fundamental del Derecho es la justicia, y ésta consiste en DAR A CADA UNO LO SUYO, como lo predicaba Ulpiano. No más, no menos. Solamente lo justo, y todo lo justo.
Como se recuerda, alias "Raúl Ríos" fue asesinado por "Rojas" y otros subalternos, quienes se presentaron el jueves pasado ante el Ejército para informar que lo habían matado, y a manera de prueba presentaron su mano derecha, que le cercenaron para el cotejo de las huellas dactilares, la cédula de identificación, el pasaporte, diversos documentos y un computador portátil. La identidad fue confirmada. Igualmente, suministraron las coordenadas del lugar donde fue enterrado junto con su compañera sentimental.



Allí está planteada la polémica: ¿entrega el Estado una recompensa por un homicidio? Porque lo ocurrido, aunque se tratara de un jefe guerrillero y de su compañera permanente (por la cual no había recompensa) no es otra cosa que un homicidio.



A nuestro juicio, la recompensa no se debe pagar. Ello equivaldría a legitimar y a premiar un homicidio fuera de combate, a mansalva y sobre seguro. Y significaría, ni más ni menos, legalizar la pena de muerte, que está prohibida en el artículo 11 de la Constitución, de manera absoluta.



Desde el punto de vista del Estado, ofreció recompensa por informes, no por un homicidio, y menos por dos. No es lícito que la pague, toda vez que el objeto presupuestal del pago sería diverso del legalmente contemplado, y bien podría incurrirse en peculado por destinación oficial diferente.



Por su misma definición, el acto del que se trata tiene objeto ilícito: quien ahora aspira a ser premiado con el dinero del Estado colombiano quiere serlo en razón de que cometió unos homicidios, y el sistema jurídico colombiano, para penalizar el homicidio, no distingue entre las víctimas como para que se pueda afirmar que hay homicidios "buenos", es decir, los que recaigan en individuos perseguidos por la administración de justicia. De modo que el Estado, al pagar recompensa -por mínima que sea- a cambio de un homicidio, paga por algo que de suyo tiene objeto ilícito, y en tal sentido se iguala; se pone al mismo nivel de la delincuencia, que paga a sicarios para que eliminen a sus enemigos.



De otro lado, hay en todo esto una gran contradicción: si el Estado inicia -como debe iniciar- un proceso penal contra el homicida -ya los jueces dirán si obró o no en legítima defensa, según las pruebas que obren en el proceso-, y a la vez paga la recompensa, está simultáneamente censurando y premiando la misma conducta; adopta decisiones incompatibles respecto a los mismos hechos.



Un aspecto que debe considerarse en esta materia es el relativo con el debido proceso y el derecho de defensa. Aun quien sea sindicado del peor delito tiene derecho de carácter fundamental en nuestro sistema a ser juzgado para poder ser condenado, y no a pena de muerte -proscrita en Colombia, hasta donde sabemos-. A la luz de ese principio democrático, el Estado ofreció recompensa, no por la muerte, sino por las informaciones que pudieran culminar en la captura de alias "Iván Ríos", con el objeto de someterlo a proceso, para que respondiera por los varios cargos que contra él tenía el propio Estado. En otras palabra, el cometido de las personas que aspiraran a obtener la recompensa era el de facilitar la captura, con el fín de que el sindicado fuera sometido a juicio. Al aplicarle directamente la pena de muerte seguida de mutilación de su cadáver, como se hizo, el homicida no logró el propósito de la recompensa. Se fue más allá, e incurrió en una conducta sancionada por nuestro Derecho, por la cual tiene que responder.



Ahora bien, el mensaje al pueblo colombiano es demoledoramente negativo y anti-ético: ¿qué podrán pensar los millones de ciudadanos pobres y trabajadores que no han querido comprometerse con el delito y que apenas tienen los necesario para subsistir, ante el premio -por la no despreciable suma de cinco mil millones de pesos- otorgado a quien estuvo la mayor parte de su vida delinquiendo, y recibe la recompensa por matar? Eso -claro está- tiene ribetes de mayor gravedad si en la Fiscalís se abstienen de iniciarle proceso penal por los homicidios cometidos, como ya anunció el Fiscal General, presuponiendo -sin análisis de pruebas- la legítima defensa.









sábado, 8 de marzo de 2008

CARÁCTER RELATIVO DE LA SOBERANÍA


JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

No cabe duda en el sentido de que, más allá de los momentáneos festejos por el feliz acuerdo al que llegaron los presidentes colombiano, venezolano, ecuatoriano y nicaragüense en torno al espinoso asunto de la invasión por Colombia del territorio ecuatoriano con el objeto específico de dar muerte a alias "Raúl Reyes", se debe reflexionar en los muchos aspectos y consecuencias de lo acontecido.
Para quienes estudiamos la Ciencia Política, la Teoría del Estado y el Derecho Constitucional, este incidente diplomático, en el que no coincidencialmente Colombia contó con el apoyo de los Estados Unidos, vino a reforzar la tendencia -presente desde los desgraciados acontecimientos del 11 de septiembre de 2001-, cada vez más ostensible en las políticas de los Estados y en los enfoques jurídicos, a la relativización del concepto de soberanía, que ya no es para nadie un derecho sagrado de las organizaciones políticas, pues depende en grado sumo, en su magnitud, en sus expresiones y en sus controles, de muchos factores aledaños, generalmente circunstanciales, que hacen prevalecer la universalización y el monismo sobre el tradicional "enconchamiento" de cada Estado-Nación en sus propios valores y criterios.

No vacilo en afirmar, vistos los hechos y analizadas las actitudes en la ya famosa crisis suramericana, que si en el continente hubiese prevalecido el criterio, vigente hasta hace poco tiempo, de la soberanía absoluta de los Estados, habría triunfado fatalmente el reclamo ecuatoriano, y Colombia habría sido irremisiblemente condenada por el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos, OEA, por violación de la soberanía territorial ecuatoriana, y la Cumbre de Río no habría podido lograr el paso, tan sorprendente, de los mutuos reclamos y las recíprocas ofensas a los abrazos, las sonrisas y los saludos, que por una vía no jurídica sino política, pusieron fin a los amagos de conflicto armado que tanto nos afanaron durante los seis días de la corta crisis.
Hoy ya resulta forzado -si bien en ese sentido son explicables los desesperados esfuerzos del Presidente Correa, del Ecuador, por hacer comprender a sus audiencias que ese Estado había sido ofendido por Colombia en lo más sagrado y en lo más delicado del sentimiento patriótico, sin mayor respuesta de sus propios con-nacionales- alegar como motivo de ruptura y aun de guerra una mínima incursión de la fuerza armada de un Estado en territorio de otro, bien que sea por vía aérea, terrestre o martima, cuando en el caso el motivo de ella no era un ataque, ni una agresión, ni una amenaza contra el Ecuador, sino la continuación y culminación de operativos militares iniciados en Colombia contra terroristas colombianos que buscaron ilícito refugio en territorio extranjero.
Bien es cierto que la resolución correspondiente del Consejo Permanente de la OEA exigió de modo enfático el respeto de los Estados a la soberanía territorial de otro Estado, soberanía que no puede ser violada por nadie, directa o indirectamente, bajo pretexto alguno, así sea en forma temporal. Pero una es la cuestión teórica y otra la verdadera o real, que en la actualidad presenta unos contornos diferentes, relacionados con objetivos de la comunidad internacional en su conjunto o de la humanidad entera, entre los cuales aparecen en primerísimo lugar la lucha contra el terrorismo y la salvaguarda de los derecos fundamentales de las personas sin limitación de fronteras, objetivos que se complementan, aunque las políticas de algunos Estados son extremas en el primero y a veces desprecian y menoscaban el segundo.
Ahora bien, en la situación presente de Colombia y sus vecinos, ya habremos de establecer si esta "paz" será permanente, o si se parece a las peleas entre cónyuges, quienes siguen y hasta profundizan sus peleas aunque, ante los demás, no son capaces de discutir, responder o rebatir, lo cual es absolutamente justo en el terreno de la intimidad personal y familiar.
No obstante el regocijo por la solución al menos aparente del conflicto, las informaciones, evaluadas en su conjunto, dejan cabos sueltos, muchos cabos sueltos. Y en el campo de la soberanía territorial, quienes enseñamos acerca de ella -diciendo que es la caracteristica del poder estatal en cuya virtud, por encima del Estado, en ese territorio y respecto de los habitantes en él ubicados, no puede jamás existir un poder superior, que externamente debe ser aceptado por la comunidad internacional para ser verdadera soberanía- no tenemos todavía unos cartabones que respondan de modo inmediato y preciso a los alcances y los efectos de esta coyuntura, y vamos a tener que revisar nuestros conceptos.
¿Qué se puede derivar de eso, y cuáles serán los lineamientos de una moderna teoría sobre el concepto de la soberanía como elemento esencial del Estado, pero no ya absoluta sino relativa y flexible, en consideración a objetivos universales o internacionales?
Lo que implicará también, sin rodeos, una reformulación de los mecanismos inter-estatales y comunitarios de la defensa y preservación de la soberanía territorial de los Estados.

viernes, 7 de marzo de 2008

CASCADA DE ACONTECIMIENTOS

Parábola de una crisis de corta duración
José Gregorio Hernández Galindo
La semana que termina, sobre la cual caben y deben hacerse hacia el futuro –como se harán en efecto- muchos análisis, desde distintas perspectivas, es quizá la más agitada de todas cuantas hemos vivido los colombianos en los últimos años.

Al amanecer del sábado anterior, fuerzas combinadas del Ejercito y Policía Nacional, durante una sorpresiva incursión en territorio ecuatoriano, dieron de baja al terrorista colombiano apodado Raúl Reyes, miembro del Secretariado de las FARC, y a otros 19 guerrilleros de esa organización.

Vinieron después las reacciones, casi al unísono, de los presidentes ecuatoriano y venezolano, Rafael Correa y Hugo Chávez. Ambos retiraron a sus embajadores y a su personal diplomático acreditado en Colombia y procedieron a expulsar a nuestras misiones diplomáticas en Quito y Caracas, y los dos jefes de Estado ordenaron el desplazamiento de tropas a las fronteras con Colombia, en abierto desafío, sobre la base de que la incursión armada había implicado una violación de la soberanía territorial del Ecuador, y una amenaza en el mismo sentido para el Estado venezolano.

Después se produjo la ruptura unilateral de las relaciones diplomáticas con Colombia, por parte del gobierno ecuatoriano.

Colombia presentó disculpas a Ecuador acerca de lo acontecido, en las cuales incorporó su alegato de haber actuado en legítima defensa, ante la existencia de una constante amenaza terrorista representada por los guerrilleros abatidos, y en especial por alias Raúl Reyes, uno de los comandantes con mayor poder dentro de la organización criminal.

Esas disculpas no fueron aceptadas, y con el transcurso de las horas la tensión entre los gobiernos se fue agudizando, en especial por la guerra de comunicados que estalló casi desde el primer momento, y que aún prosigue, en el curso de la cual se han producido mutuas acusaciones en relación con los actos y políticas de los presidentes involucrados: extractando información obtenida por la policía colombiana al desencriptar los computadores de Reyes encontrados junto a su cadáver, Colombia sindicó a los presidentes venezolano y ecuatoriano de haber estado en permanente contacto con el jefe guerrillero, e inclusive de haber auspiciado su actividad terrorista, e inclusive de haber urdido un plan de grandes proporciones para desestabilizar el país y para causar daño a sus instituciones, además de que, según la policía, hubo el pago por parte de Venezuela a las FARC de al menos trescientos millones de dólares como contribución a la causa terrorista, además del tráfico de uranio, como parte de una escalada agresiva contra el orden internacional.

Reunido extraordinariamente el Consejo de Seguridad de la Organización de Estados Americanos OEA, 14 horas de deliberación culminaron con la expedición de una resolución mediante la cual, aunque el organismo se abstuvo de hacer explicita una condena a Colombia -como lo quería el Ecuador-, proclamó la inviolabilidad del territorio de los estados y dijo de modo perentorio que todos los integrantes de la organización están comprometidos a abstenerse de cualquier vulneración del territorio de otro Estado sea cualquiera el pretexto o la razón, así sea temporalmente.

La OEA convocó a una cumbre de sus cancilleres que tendrá lugar en su sede en Washington el 17 de marzo, previa constitución de una comisión encabezada por el Secretaria General José Miguel Insulza, integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, para rendir informe a esa reunión de consulta de los ministros de relaciones exteriores.

Ayer, en el curso de esta tragedia (¿o comedia?) diplomática, tuvimos la manifestación unilateral del Presidente nicaragüense Daniel Ortega, quien aprovechando la crisis en beneficio de su posición en el diferendo que mantiene con Colombia por San Andrés y Providencia, pese al fallo de la Corte Internacional de Justicia, rompe así mismo relaciones diplomáticas con nuestro Estado.
Y Colombia, por su parte, anunció con bombos y platillos y con la presentación pública de un equipo de connotados juristas, una denuncia ante la Corte Penal Internacional contra el Presidente Hugo Chávez por promoción y financiación de genocidas, lo que, a lo largo de los tres días que duró la propuesta, fue materia de ardua controversia jurídica, inclusive entre nosotros, ya que de una parte era necesario agotar los trámites de Derecho interno por ser subsidiaria la competencia de la Corte, y de otra el crimen de genocidio -definido claramente en el Tratado de Roma- no cobija conductas como las endilgadas públicamente a Chávez por Uribe y sus asesores ante los medios de comunicación. Es decir, si algo estaba cantado era el muy probable rechazo de la denuncia en ese tribunal internacional, y en tal evento Colombia habría hecho, más o menos, el ridículo.
El viernes, en Santo Domingo -República Dominicana-, durante la Cumbre de Río, no sin antes utilizar el foro para el cruce de cargos, reclamos y ofensas, los presidentes se abrazaron, se disculparon mutuamente, y Uribe manifestó que desistirá de la denuncia. A este respecto, sin perjuicio de nuestra satisfacción por el hecho de que se hayan superado las diferencias creadas entre nuestros países, nos preguntamos: ¿si alguien sabe, o cree saber, que otro ha cometido crimenes tan graves como los que Uribe endilga a Chávez, no estará obligado a denunciarlos ante las autoridades competentes? ¿La denuncia es negociable? ¿O todo era mentira?

jueves, 6 de marzo de 2008

NO A TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA


LUDOVICO ARIOSTO

Así como hace un mes marchamos de manera muy específica contra el secuestro y la violencia de las FARC, hoy 6 de marzo marcharemos para rechazar expresamente contra la violencia en sí misma, en todas sus manifestaciones, no importa de dónde venga, cuál sea la ideología o el motivo criminal que la inspire; no interesa si sus autores o promotores son guerrilleros, paramilitares, narcotraficantes, mafiosos, delincuentes comunes, miembros de la Fuerza Pública que traicionan sus principios, o cualquiera otra la denominación o la modalidad que asuman.

Lo que se escuchó, por ejemplo, en Bogotá durante la jornada del pasado fin de semana, narrado en muchos casos por las propias víctimas, fue sencillamente escalofriante. No se concibe, ni puede entenderse que un ser humano pueda idear y practicar formas indecibles de tortura contra otro ser humano; no puede comprenderse el desprecio generalizado por la vida, la integridad, la dignidad de la persona. Y la sociedad no puede permanecer pasiva frente a ellas, a sabiendas de que no son cosas del pasado sino cruda y cotidiana realidad entre nosotros.

Lo que han expuesto los propios paramilitares en sus versiones libres ante la Fiscalía, y lo que se ha encontrado en las ya incontables fosas abiertas a lo largo y ancho del país, y lo que consta en procesos en curso en los que lamentablemente se aplicará la ley mal llamada "de Justicia y Paz" (siendo en realidad el estatuto de la impunidad y la discriminación a favor de los peores criminales) nos muestra a las claras hasta dónde ha llegado la crueldad y la corrupción de los violentos, y a la vez nos ilustra acerca de la increíble indolencia de nuestro Estado y de nuestra sociedad.

Esta jornada es también la expresión del apoyo colectivo que hasta ahora no se ha brindado, y de la solidaridad merecida por las víctimas de todas esas formas de violencia. Están abandonadas a su suerte. Se las persigue y se las mata. El Estado y la ley no han asumido su compromiso con ellas. Se las quiere indemnizar "simbólicamente", y ahora hasta se propone por el Gobierno que, aprovechándose de sus necesidades, se les ofrezcan conciliaciones y pagos anticipados de cifras irrisorias.

Colombia debe marchar, para pedir a las autoridades que cunmplan su función; a los jueces que apliquen con rigor las normas aplicables; a todos los ciudadanos que no sigamos en esta indolencia y en esta inmovilidad que nos hacen inhumanos.

miércoles, 5 de marzo de 2008

LA DENUNCIA DE URIBE


Un ligero desvío

José Gregorio Hernández Galindo


El hecho de apoyar al Estado colombiano en la difícil circunstancia por la cual pasan las relaciones con Ecuador y Venezuela en modo alguno nos exonera de examinar y controvertir las decisiones de nuestro gobierno, adoptadas hoy por hoy la mayoría de ellas al calor y bajo el apremio de los acontecimientos, y sin mucho cuidado en lo que respecta a los aspectos jurídicos, que son -dicho sea de paso- absolutamente esenciales frente a la comunidad internacional para fortalecer la posición colombiana en el conflicto.

Uno de los puntos que motivan nuestra preocupación, aparte del relacionado con la -ya muy establecida, y aceptada por Colombia, y no suficientemente explicada- violación de la soberanía territorial ecuatoriana y del deplorable manejo posterior del material probatorio, es el anuncio del Presidente Uribe en el sentido de formular una denuncia ante la Corte Penal Internacional contra el Jefe del Estado venezolano Hugo Chávez, sindicándolo de “patrocinio y financiación de genocidas”.

Si algo no tiene claro, en esta ocasión ni en otras, el gobierno actual, es el tema de las competencias, pues no reconoce barreras, y considera que siempre se puede pasar por encima de las reglas.

La Corte Penal Internacional, creada por el Tratado de Roma del 17 de julio de 1998 -adoptado por la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas, y aprobado por el Congreso de Colombia por la Ley 742 de 2002, a su vez declarada exequible mediante Sentencia C-578 del 30 de julio de 2002-, tiene por objeto fundamental enjuiciar a las personas que cometan u ordenen crímenes contra la humanidad, pero desde luego su jurisdicción está delimitada por las cláusulas del mismo Tratado.

Según el artículo 5º del mencionado Instrumento Internacional, la competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto, y el mismo precepto clasifica tales crímenes: el crimen de genocidio; los crímenes de lesa humanidad; los crímenes de guerra; el crimen de agresión.

En cuanto al genocidio, que interesa en este caso, está claramente definido en el artículo 6º del Tratado, para los efectos del mismo: “…cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental a los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo”.

Así las cosas, resulta muy difícil encajar inclusive la actividad propia de las FARC en el tipo delictivo y por tanto en la competencia de la Corte Penal Internacional, y por supuesto resulta errónea la vinculación, como financiador de genocidios, del Presidente Hugo Chávez.
Algo distinto sería si, con base en las pruebas que el Gobierno colombiano dice tener, enderezara su ataque ante la Corte y contra Chávez hacia el tema de los crímenes de guerra, pero bien se sabe que respecto a ellos el ex presidente Andrés Pastrana, al ratificar el Tratado de Roma, formuló una salvedad en la que -acogiéndose al artículo 124 del Tratado- declaró que durante un período de siete años, que todavía no se cumplen, no aceptaba la competencia de la Corte sobre esa categoría de crímenes cuando se denuncie la comisión de uno de esos crímenes por sus nacionales y en su territorio. Y si no cabe todavía el Tratado en cuanto a sus nacionales, mal podría Colombia pretender su aplicabilidad actuando ella como parte actora.
Quedan los crímenes de lesa humanidad, ya que en cuanto al crimen de agresión todavía no se aplica el Tratado. Estos crímenes están previstos en el artículo 7 del Tratado: "...cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de Derecho Internacional; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género (...) u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al Derecho Internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de competencia de la Corte; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid ; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física...".
Como las FARC, según los procesos penales que se han iniciado, se están tramitando o ya se han fallado, contra miembros de esa organización guerrillera, si se prueba la financiación o el apoyo que, según el Ejecutivo colombiano, les ha brindado Chávez, allí estaría mejor estructurado el cargo, pues enfocar el proceso hacia el auspicio al genocidio es equivocado, en cuanto se desvía el caso y se saca del ámbito de competencia de la Corte.
En todo caso, se debe presumir -mientras no sea desvirtuada judicialmente en forma definitiva- la inocencia del Presidente Hugo Chávez.
En cuanto a la estrategia de Colombia -lo decimos con el debido respeto-, no se trata de atacar “como sea” al contrincante, sino de acertar en el ataque.

martes, 4 de marzo de 2008

EN PIE DE GUERRA


JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO


Los acontecimientos se han precipitado a una velocidad no prevista, y minuto a minuto se agrava la crisis entre Colombia y Ecuador, con el aditamento -que hemos debido prever- de la intervención venezolana en el conflicto, toda vez que Chávez, lleno de resentimiento, no podía perder la ocasión para estimular el choque entre Uribe y Correa, por supuesto tomando partido.

Desplazamiento de tropas a la frontera colombo-venezolana; desplazamiento de tropas a la frontera colombo-ecuatoriana; retiro de los embajadores de Venezuela y Ecuador, y cierre de las misiones diplomáticas; expulsión de los embajadores colombianos en Caracas y en Quito; ruptura unilateral de las relaciones diplomáticas entre Ecuador y Colombia, siendo muy posible que Venezuela opte por el mismo camino; cierre de la frontera entre Colombia y Venezuela, con la posibilidad de que se produzca igual hecho en el caso de la frontera con el Ecuador.

A todo lo cual se añade la guerra de comunicados y acusaciones, y una intensa exposición mediática de distintos funcionarios colombianos, venezolanos y ecuatorianos. Supuestas revelaciones contenidas en computadores hallados e incautados al lado de los delincuentes muertos, que también supuestamente contienen documentación comprometedora en contra de funcionarios de los tres países. Por cuanto -dicen en Venezuela- si Colombia tiene el computador de Raúl Reyes, nosotros tenemos el de alias Jabón, y las relaciones entre los países se reducen ahora a la formulación de cargos en los medios de comunicación, con la marcada intención de cada uno de propinar al otro un golpe mediático más fuerte.

Es claro -y no lo debemos ocultar- que durante la operación militar que tenía por propósito matar a Raúl Reyes se penetró en territorio ecuatoriano, sin autorización y sólo con una llamada presidencia a posteriori. Pero también es cierto -y no lo debe eludir Correa- que el Ecuador albergaba en su territorio a los guerrilleros, que a juzgar por las armas encontradas en su poder, no tenían propiamente buenas intenciones hacia Colombia.

Pero ha brillado por su ausencia la diplomacia; los gobiernos han entrado en una vertiginosa cascada de creación de hechos; ha faltado el trato jurídico del tema, y en medio de esa lucha de comunicados y cargos, están los tres pueblos hermanos mirando atónitos a sus dirigentes, que los quieren conducir por sus pasos contados a una guerra absurda.

domingo, 2 de marzo de 2008

LA PROTESTA DE ECUADOR


El Presidente del Ecuador, Rafael Correa, ha manifestado que Colombia violó la soberanía ecuatoriana en el curso de la operación militar que culminó con la muerte de varios guerilleros de las FARC, entre ellos alias Raúl Reyes, en la madrugada del sábado. Según Correa, el Presidente Uribe fue mal informado, o le mintió descaradamente cuando la habló de una operación en caliente, pues la Fuerza Pública del Ecuador encontró, en la escena de los acontecimientos, que lo ocurrido fue una masacre; no hubo operación en caliente, y los guerrilleros fueron abatidos mientras dormían, pues los cadáveres estaban en paños menores, de acuerdo con la versión ecuatoriana.

En consecuencia, el Gobierno ecuatoriano ha enviado una nota de protesta al de Colombia, y ha llamado a consultas a su Embajador en Bogotá, pidiendo a la vez explicaciones.

El siguiente es el texto del comunicado de prensa originado en Quito en la mañana del domingo:

"En la madrugada del sábado 1 de marzo, aeronaves militares y efectivos del ejército y la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la Provincia de Sucumbíos, a aproximadamente a 3 kilómetros al sur del río Putumayo, y tras enfrentarse con integrantes de las FARC, dieron muerte a diecisiete personas, entre las que se encontrarían altos líderes de ese grupo irregular colombiano. En el marco de los eventos, fuerzas del Estado colombiano ingresaron al territorio del Ecuador, tomaron posesión varios cuerpos de los occisos y se los llevaron consigo a Colombia. Las investigaciones de la fuerza pública ecuatoriana han logrado determinar estos hechos sobre la base de declaraciones de pobladores de la zona y de datos recogidos por unidades militares ecuatorianas que llegaron horas después al lugar de los incidentes. Las autoridades del Ecuador no conocieron de antemano de la operación colombiana ni dieron su autorización para que ésta se realice o para que fuerzas de ese país ingresen al territorio nacional. El Ecuador tiene conocimiento de las realidades políticas, legales y sociales del conflicto colombiano, lamenta los severos efectos que ha tenido en la sociedad del país vecino desde décadas atrás, y no comparte los procedimientos violentos que emplean los grupos irregulares. En el marco del derecho internacional, el Estado ecuatoriano ha colaborado con autoridades colombianas en acciones apegadas a las leyes de los dos países y a los derechos humanos. Lamentablemente esta cooperación bilateral no se verificó en torno a los hechos descritos, que por tanto significan la vulneración de la integridad territorial y el ordenamiento legal del Ecuador. El Gobierno Nacional hará llegar hoy mismo su enérgica protesta al Gobierno de Colombia por la flagrante violación del territorio de la República del Ecuador, que constituye una trasgresión a los principios de soberanía e integridad territorial que ampara el derecho internacional. Ecuador demandará de Colombia una explicación por el indebido proceder de sus fuerzas militares, exigirá una disculpa formal por lo acaecido y, en caso de eventuales daños a personas y bienes de habitantes dentro del territorio ecuatoriano, demandará el pago de las correspondientes indemnizaciones. De considerarlo apropiado, Ecuador acudirá a instancias internacionales para buscar que las garantías de sus habitantes y la integridad territorial del país y sus derechos soberanos sean precautelados.
El Gobierno del Ecuador se encuentra profundamente decepcionado por la acción de las fuerzas colombianas. Al propio tiempo, rechaza la presencia de efectivos de grupos irregulares colombianos en el país, en violación a las leyes ecuatorianas. El Gobierno del Ecuador reitera su firme decisión de no permitir que el territorio de la nación se utilice por terceros para llevar adelante operaciones militares o para emplearlo como base de operaciones, en el marco del conflicto colombiano. El Ecuador utilizará todos los recursos de seguridad disponibles para evitar que estas circunstancias se repitan. Ninguna fuerza militar regular o irregular puede actuar en el territorio del Ecuador que, con arreglo a su derecho a la legítima defensa y a la seguridad, repelerá, capturará y someterá a la justicia a quienes ingresen armados al territorio del país o se establezcan en éste para desarrollar actividades al margen de la ley.
El Gobierno del Ecuador hace una vez más un llamado a una solución pacífica del conflicto interno de Colombia, en el marco de las leyes de ese país y con respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. Augura que el Estado colombiano y los grupos irregulares encuentren la senda hacia un entendimiento político que ahorre de las nefastas consecuencias de la violencia a la sociedad colombiana. En ese mismo sentido y por motivos eminentemente humanitarios, hace votos por la pronta liberación de los rehenes en poder de grupos irregulares y la garantía de su integridad personal. La República del Ecuador siempre se mantendrá dispuesta a aportar en cuanto esté a su alcance para la pacificación y entendimientos humanitarios en Colombia. Quito, 1 de marzo de 2008".
En las horas de la noche del domingo, la Cancillería colombiana expidió un comunicado -leído por el Ministro Araújo-, mediante el cual ofreció disculpas a Ecuador por haber penetrado la Fuerza Pública en su territorio, afirmando que se había tenido que hacer como legítima defensa ante ataque de la guerrilla desde el otro lado de la frontera con ese país.
Empero, minutos después de leído el comunicado colombiano, el Presidente ecuatoriano Rafael Correa comunicó oficialmente que no aceptaba las disculpas del Gobierno colombiano; expresó que esa era una nueva burla de Colombia al Ecuador; expuso las imágenes filmadas en la zona del operativo; señaló que los guerrilleros habían sido sorprendidos mientras dormían, primero por vía aérea, habiendo entrado los aviones de guerra colombianos diez kilómetros dentro de territorio ecuatoriano para atacar desde el sur, y luego rematados por vía terrestre, en lo que -según sus palabras- no fue otra cosa que una masacre.
El Presidente Correa anunció que había dispuesto el desplazamiento de tropas a la zona de la frontera con Colombia, y a la vez notificó sobre la expulsión del Embajador de Colombia ante el Ecuador.
Horas después el Director General de la Policía de Colombia manifestó que en los computadores incautados a las FARC durante el operativo aparecen al menos dos documentos que comprometen al Presidente ecuatoriano con esa organización guerrillera.
Visto todo esto, nos parece que el Gobierno de Colombia debe obrar con suma prudencia; acudir a los mecanismos diplomáticos que permitan una explicación adecuada y convincente sobre lo acontecido, y restablecer las buenas relaciones con el Ecuador.
En cuanto a Venezuela, ha entrado en este conflicto, retirando intempestivamente a su Embajador en Colombia y enviando tropas a la frontera, sin estar siendo llamada; sin que Colombia la hubiera afectado ni molestado, pero aun así es necesario que se adopten medidas muy cuidadosamente pensadas y consultadas por la vía diplomática, con miras a evitar que esta situación -de suyo grave- se agrave todavía más.

viernes, 29 de febrero de 2008

ES URGENTE ROMPER EL CIRCULO VICIOSO

Reconsiderar la posición sobre despeje para salvar vidas
José Gregorio Hernández Galindo

Por los canales internacionales y extranjeros de televisión -que hicieron cubrimiento total y directo, a falta de la televisión colombiana, que se ocupaba en la transmisión de telenovelas- pudimos seguir la rueda de prensa ofrecida a los medios del mundo destacados en Caracas por los cuatro congresistas recientemente liberados de su secuestro por las FARC: Gloria Polanco, Jorge Eduardo Géchem, Luis Eladio Pérez y Orlando Beltrán.

Esas declaraciones de quienes acaban de sufrir en carne propia el trato inhumano que la guerrilla da a los cautivos contra todas las reglas del Derecho Internacional Humanitario, y que a la vez han sido víctimas de la extrema indolencia del gobierno colombiano al respecto, muestran a las claras que, a juzgar por todas las características de los procedimientos usados por los captores y por la misma composición geográfica de nuestro territorio, eventuales operaciones militares orientadas a la liberación armada de los secuestrados están llamadas al fracaso y, de intentarse, conducirán inexorablemente a repetir la experiencia ya varias veces sufrida del sacrificio de los rehenes.

Entonces, vista la situación muy grave de algunos de los secuestrados -como es la muy angustiosa de Ingrid Betancourt- y evaluado el hecho insólito de unos secuestros prolongados hasta por 10 años en algunos casos, además de la presión internacional expresada de mil maneras por varios jefes de Estado y por organizaciones internacionales de los derechos humanos, y el éxito obtenido hasta ahora por las gestiones del presidente venezolano Hugo Chávez, se han ido eliminando como posibles todas las alternativas de solución diferentes a la negociación política y pacifica.

Entonces, aquel estado de necesidad que subrayó muchas veces el expresidente Alfonso López Michelsen y que en el plano jurídico legitima la búsqueda de un acuerdo con la guerrilla por razones humanitarias, sin que para lograrlo se requiera el reconocimiento a ella de un status de beligerancia, impone al Presidente Uribe la reconsideración de sus posiciones, hasta ahora inamovibles, en relación con el tema.

Es cierto, como lo hemos dicho en otras ocasiones, que quienes perpetraron los secuestros y quienes mantienen a los cautivos en condiciones infrahumanas no son los miembros del gobierno sino los integrantes de las FARC, por lo cual no se puede sindicar al Dr. Uribe de ser el culpable de la situación extrema a la que hemos llegado, pero ese reconocimiento no puede anular otro, que consiste en la obligación de las autoridades, a cuya cabeza se encuentra el Jefe del Estado, de hacer todo aquello que resulte indispensable dentro del marco institucional para preservar valores superiores, como la vida y la integridad de todas las personas residentes en Colombia (Art. 2 C.P.), con mayor razón de aquellas que han sido injustamente privadas de su libertad; que se hallan indefensas en poder de un movimiento que ya ha demostrado ser capaz de aplicarles las medidas más ominosas y lesivas que sea posible concebir, y que ya ha señalado que no procederá a nuevas liberaciones unilaterales.

En consecuencia, la posición absoluta que excluye toda posibilidad de despeje de una zona de territorio para proceder al diálogo -no con miras al tema genérico, extenso e interminable de la paz y de la conclusión del conflicto armado- sino con el específico y único objeto, delimitado en el tiempo y debidamente condicionado, de la libertad de los secuestrados, debe ser reconsiderada por el gobierno.

Si en este momento no se adopta alguna decisión que nos permita salir del circulo vicioso en que nos hemos desenvuelto durante estos años, no es descartable que se produzcan nefastas consecuencias -ojalá no, pero podría ser que estuvieran próximas- para la vida de personas secuestradas cuya salud se encuentra en avanzado estado de deterioro.

Y ni pensar en lo que ocurriría si se intenta un rescate militar, pues según lo que escuchamos de boca de los liberados, tal disposición podría producir lo que el Presidente Uribe llama una hecatombe.

miércoles, 27 de febrero de 2008

¿...y los demás?



JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

La liberación unilateral de los ex congresistas Gloria Polanco, Jorge Eduardo Géchem, Orlando Beltrán y Luis Eladio Pérez, que acaba de concluir finalmente con su entrega a la delegación del gobierno venezolano por un grupo de guerrilleros que de inmediato se internaron en la selva, ha sido recibida con júbilo por el pueblo de Colombia. Y con razón: se trata de cuatro personas que han sufrido lo indecible en manos de sus captores, no por uno ni dos días sino por largos años.
Tal hecho, afortunadamente producido -no importa si su causa se hace consistir en un homenaje o desagravio al presidente venezolano Hugo Chávez, o si hay otro motivo de fondo- se constituye en un paso importante hacia el desmonte de la industria del secuestro, que no sólo ese grupo guerrillero sino otros, tienen organizada, en abierta contradicción con los más elementales principios de respeto a la dignidad humana y a los derechos fundamentales que le son inherentes.Hacemos votos por la recuperación de la salud y la integridad de las personas incluidas en la entrega, en particular del doctor Gechem Turbay, y el sentido natural de las cosas nos indica que allí no puede terminar el proceso iniciado, sino que debe proyectarse hacia la liberación de todos los rehenes, por encima de los protagonismos, las vanidades y las pugnas que han rodeado esta materia en los últimos meses.
Muchos de los secuestrados, para inmenso dolor de sus familias, no gozan de la misma importancia política o social y, por el contrario, son anónimos. No los mencionan a diario en los noticieros, ni sus fotografías aparecen en los periódicos, ni hay despliegue diplomático con miras a su liberación. Pero sus familias, que también sufren en silencio, la mayoría de las veces sin haber recibido jamás una de las denominadas “pruebas de supervivencia”, los siguen esperando.De lo que se trata -digámoslo una vez más- es de una cuestión humanitaria, y en lo humanitario no puede haber discriminaciones, ya que todos los seres humanos somos titulares de la misma dignidad y de los mismos derechos esenciales.
Lo que quiero con este escrito es recordar que existen miles de personas no destacadas que han sido privadas injustamente de su libertad, no sólo por móviles políticos sino económicos, o por causas ignoradas. Para que el Estado y los secuestradores tengan en cuenta su existencia, en cualquier proceso que hacia el futuro pueda adelantarse con miras a la liberación de secuestrados. Para que, persistiendo -claro está- en la salida del cautiverio de quienes son ampliamente conocidos, sean incluidos los olvidados, y así no perpetuar la injusticia que ocasiona su anonimato.Comencemos por los soldados y policías, algunos de los cuales llevan 10 años encadenados.

martes, 26 de febrero de 2008

LA NUEVA MOCIÓN DE CENSURA










JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

Ha anunciado el Partido Liberal que promoverá en el Congreso la moción de censura contra el Ministro de Agricultura Andrés Felipe Arias por hechos relacionados con su desempeño, que parece hoy más el de un precandidato que el de un Ministro, ilusionado como quedó por el prematuro lanzamiento que de su nombre hiciera el Presidente Uribe para sucederlo en el cargo, siempre que no haya reelección. Con independencia de lo que ocurra desde el punto de vista político, es preciso enmarcar el tema en el nuevo ordenamiento, plasmado mediante Acto Legislativo número 1 de 2007, en el que -dicho sea de paso- se plasmó una reforma constitucional propuesta por el Partido Conservador -al que pertenece Arias-, y de la cual no se enteró durante su trámite el Ministro del Interior y Justicia, Carlos Holguin Sardi, también conservador. El primer punto que deseo resaltar desde el punto de vista jurídico es el relativo al momento en que puede tramitarse la moción. Algunos han dicho que no ahora, puesto que todavía no han principiado las sesiones ordinarias del Congreso, y sostienen que la moción no se puede intentar durante las sesiones extraordinarias, en cuanto a lo largo de ellas las cámaras únicamente pueden ocuparse de los asuntos señalados por el Ejecutivo al convocarlas. Aunque esto último es cierto, no lo es que en extras esté vedada al Congreso la posibilidad de la censura. Se trata de un mecanismo -el único con dientes- de control político, y, según el artículo 138 de la Constitución, tal restricción existe para el Congreso, "...sin perjuicio de la función de control político que le es propia, la cual podrá ejercer en todo tiempo". El otro tema es el relativo a la mayor viabilidad que quedó consagrada para la moción de censura, toda vez que ya no se requiere una decisión del Congreso en pleno, con participación de las dos cámaras reunidas en un solo cuerpo, como lo estipulaba la Carta en su texto original, sino que, de conformidad con el nuevo artículo 135, la moción de censura puede ser propuesta por cualquiera de las cámaras, al menos con la décima parte de sus miembros, y su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. Ahora bien, lo que intentaron con buena intención los autores de la reforma fue lograr la efectividad de esta figura constitucional, introducida en 1991 a manera de injerto, puesto que, según su orígen, encaja perfectamente en los sistemas parlamentarios, pero carece de fuerza en los presidenciales, en particular si el Ejecutivo cuenta en el Congreso con una mayoría tan amplia como la actual. Lo que precisamente hizo que los proponentes de la enmienda quisieran equilibrar, al menos en algo, la relación de fuerzas existente entre Congreso y Gobierno. El Presidente de la República, por su parte, señaló desde el principio su inconformidad con el cambio constitucional aprobado, y ha anunciado francamente que presentará en este período un nuevo proyecto de Acto Legislativo que vuelva la normatividad a su estado anterior. Pero creemos que, al menos en el arranque, se dejó ganar la partida por el Liberalismo, ya que no se vería bien que, estando en curso la moción de censura contra uno de sus ministros, el Gobierno propusiera sobre la marcha modificar las reglas de juego.

domingo, 24 de febrero de 2008

RECUPERAR EL CONCEPTO DE DIGNIDAD HUMANA


JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO


Son múltiples, y de distintos orígenes, los motivos que tenemos para afirmar que, infortunadamente -pese a lo expresado por la Constitución colombiana-, entre nosotros va perdiendo contenido y arraigo el concepto mismo de dignidad humana, y en la medida en que la comunidad parece no comprenderlo en todos sus alcances, creyendo a veces que son "normales" muchas cosas que pasan y que implican grave ofensa a tal concepto, se va degradando la convivencia, que de su naturaleza propia -relacionada con un fecundo y benéfico intercambio de aportes y posibilidades entre los miembros de aquélla- pasa a convertirse en fastidioso y forzado viaje colectivo cuyas incomodidades profundizan la tendencia al egoísmo.
Eso lleva simultáneamente a una necesaria indolencia respecto a lo que ocurra a los demás, lo cual simple y llanamente "...no nos importa...", mientras tengamos el privilegio individual de no vernos afectados.
Se rompe allí, por la misma razón, todo concepto de solidaridad, y se multiplican las razones para que, en nuestra moderna sociedad, por paradoja, los grandes avances de la tecnología, la ciencia y el desarrollo, en vez de ser útiles para unir a los seres humanos, los separen, llegando casi a convertirlos en enemigos, todos contra todos, cristalizando después de muchos siglos la vieja concepción filosófica de Hobbes según la cual "el hombre es lobo para el hombre".
No es descartable que esto mismo ocurra, guardadas las debidas proporciones, en todas o en la mayoría de las sociedades contemporáneas, pero en nuestra querida Colombia los síntomas son muchos y están a la orden del día.
El artículo 1 de la Constitución, que proclama como uno de los fundamentos de la organización política el respeto a la dignidad humana, la toma como uno de los valores máximos del sistema jurídico, y -según ha sostenido la jurisprudencia constitucional- ello implica que la persona -toda persona- sea una finalidad en sí misma, y no un medio o instrumento para alcanzar otros fines, vengan éstos de donde vinieren.
La violencia desatada en las últimas décadas en nuestra sociedad, a todos los niveles; la intolerancia, que está creciendo a pasos agigantados; las distintas formas de delincuencia; el secuestro; la intransigencia de las instituciones financieras con sus deudores; la displicencia de las instituciones asistenciales y de salud hacia sus pacientes; la fiebre del dinero fácil; la explotación económica de muchos a manos de pocos; la misma actitud de un Estado que sólo piensa en las cifras y en los índices de rentabilidad y ahorro presupuestal y jamás en los seres humanos a cuyo servicio debía estar entregado como Estado Social de Derecho,...para mencionar apenas algunos de tales síntomas, hablan por sí mismos.
Es necesario hablar de esto, y recuperar el concepto, en toda su dimensión y con todas sus consecuencias, por lo cual, en estos escritos nuestros habremos de tratar en forma constante los muchos tópicos que este tema suscita.

sábado, 23 de febrero de 2008

INSÓLITO

LUDOVICO ARIOSTO
Es tal la indolencia de algunas empresas de servicios públicos o financieras, en el campo de las cobranzas, que insisten tercamente en el envío de documentos de presión, amenaza y asedio sobre las personas, y muchas veces siguen llegando las cartas y produciéndose las llamadas telefónicas aunque se haya pagado la cuenta que las ocasiona, y no obstante haber informado sobre ese pago.
Se conoce sin cesar en Bogotá y en otras ciudades de Colombia acerca del hecho de funcionarios que cortan los servicios, no obstante mostrarles el recibo de pago. "Eso no me concierne", dice el funcionario. "Lo único que sé es que me dieron la orden de corte, y la voy a ejecutar". "¿Por qué?, pregunta el usuario. "Por falta de pago...", responde el operario, sin importarle el recibo de pago que se le muestra.
Lo propio ocurre por vía telefónica y escrita, por cualquier demora en la cancelación, nada más al día siguiente de haber vencido el pago de una tarjeta de crédito. A la persona la llaman inclusive a altas horas de la noche; la presionan; la amenazan con enviar "su caso" a una empresa de cobranzas; la llaman a la oficina, y si no la encuentran, no vacilan en dejarle razón acerca de que la llamada es "...por encontrarse en mora..", violando el derecho a la intimidad, pues quien responde -un compañero, el jefe, un tercero- no tiene por qué enterarse de esa situación.
Y hasta envían correspondencia a los muertos, como acaba de ocurrir en Italia, en un caso insólito narrado esta mañana por la agencia de noticias EFE, cuyo texto nos parece interesante transcribir:
"Roma, Italia.- La compañía telefónica Telecom Italia envió una carta a una clienta fallecida en la que, en respuesta a la petición de sus familiares de cancelar la línea de la difunta, le pide que mande el certificado de muerte o una declaración firmada en la que ella misma "autocertifique" que se produjo el deceso.
Romolo Molini, hijo de la fallecida, relató el caso en una carta enviada al "Corriere della Sera", conocida este viernes, en la que cuenta que el pasado 8 de enero escribió a Telecom Italia para solicitar que dieran de baja la línea de su madre y especificaba que había fallecido el 25 de diciembre de 2007.
Casi un mes después de esta comunicación, el 6 de febrero, el servicio de atención al cliente de la empresa remitió una carta a la difunta -a su domicilio y con su nombre escrito en el sobre y en las hojas- en la que le informan que habían "intentado contactarla por teléfono, lamentablemente sin éxito".
Telecom Italia le comunicaba que la información que "había enviado era insuficiente" y la "invitaba" a remitir (no sé precisa por qué medio o a través de qué canal) la siguiente documentación: "copia del certificado de defunción o una declaración firmada", en la que dé fe de la veracidad del hecho, un documento que en Italia se llama "autocertificazione".
Por si la destinataria tuviera alguna duda o petición, Telecom Italia le reiteraba su "disponibilidad para cualquier necesidad" de la cliente.
Además, le recordaba que si desea contactar con la compañía "el servicio de atención telefónica está activo las 24 horas del día para informaciones y actualizaciones sobre todas las nuevas propuestas comerciales".
Para la familia de la fallecida, la "respuesta surrealista" de Telecom supone "una inmensa tristeza, algo espantoso y ofensivo", según señaló el hijo en la carta al diario milanés.
"La arrogancia de la empresa en la relación con sus clientes no respeta ni siquiera la muerte", denunció.
La compañía asegura que se produjo un "extravío" y que la carta "debía haberse enviado al hijo de la señora".
"Contactaremos lo antes posible con la familia para disculparnos y pedir el contrato (para dar la baja)", señala Telecom".
Aclaremos que, aun con el mismo nombre, no es la misma firma que opera en Colombia.
Allí tenemos apenas un caso, pero son miles los que a diario se presentan en Colombia y en el mundo, porque las empresas parecen no tener relaciones comerciales, financieras o de servicios con personas, sino con números, y cada uno de esos números, vivo o no vivo, les debe pagar todo y de inmediato, o volverle a pagar si ya había pagado y en sus computadores no se había registrado el pago. Porque ese es otro axioma: si se equivocó la compañía, usted responde.

viernes, 22 de febrero de 2008

SOBRE LA MORA JUDICIAL


José Gregorio Hernández Galindo
Garantía esencial para realizar la seguridad jurídica, el debido proceso y el acceso efectivo a la administración de justicia es el cumplimiento de los términos judiciales, tal como lo establecen con claridad los artículos 29 y 228 de la Constitución colombiana. No puede haber dilaciones injustificadas en los procesos. Los términos procesales son obligatorios, y su incumplimiento será sancionado.
Ese fue un empeño primordial de los delegatarios de 1991, como consta en numerosos escritos de Alvaro Gómez y de respetables juristas que de tiempo atrás mostraban especial preocupación por el flagrante abandono de muchos procesos, y es un afán que se muestra palmario, según aparece consignado no solamente en los textos vigentes sino en los antecedentes fidedignos de la configuración y el establecimiento de la Carta Política.
Una justicia tardía e inútil por la tardanza es una justicia inexistente, que ofende los derechos de los asociados, tanto más si éstos confiaron, en vano, en que se aplicaría.
La justicia lenta, parsimoniosa hasta lograr la desesperación y la desesperanza de las partes, de andar pesado y difícil, causa a la sociedad un enorme daño, peor que aquel que ocasionaría si de antemano el aparato estatal reconociera su incapacidad y remitiera a las partes a resolver sus conflictos por mano propia. Y ello en razón del engaño y, por ende, la desconfianza general que causa la morosidad judicial.
Resulta increíble, pero ante todo muy grave -porque ello acusa deficiencias estructurales del sistema- que un proceso en nuestro medio pueda tardar doce o quince años, a la espera de alguna decisión de quien tiene jurisdicción y competencia para decidir.
Esto resulta todavía peor si en la comunidad se arraiga la idea generalizada, que por inercia prevalece, según la cual no importa cuándo llegue la justicia con tal de que llegue, así sea cojeando, ya que tal criterio encierra un conformismo pernicioso que causa mayores daños al multiplicar los casos de mora, casi siempre con la disculpa de la congestión de los despachos.
Por el contrario, pensamos que, en muchos casos, si la decisión judicial ha de ser extemporánea frente a un problema que, por su falta, ha tenido que resolverse sólo, o decidirse mediante pactos con el diablo o por procedimientos extrajudiaciales muchas veces corruptos.
Finalmente, sin desconocer que en muchos despachos judiciales hay congestión, la verdad es que tal circunstancia se está convirtiendo en disculpa generalizada y falsa, mirados los distintos momentos procesales, los tipos de providencias en que hay mora y el escaso tiempo que llevaría una determinación judicial si el administrador de justicia se dedicara de lleno a su favor.
No tiene sentido que la admisión de una demanda o la solicitud de suspensión provisional de un acto administrativo se demoren más de dos años, y menos el caso aberrante -que conozco directamente- de la segunda instancia en materia de acción de tutela, que ya lleva tres.
No tenemos duda alguna en que, además de las denuncias ante la autoridad disciplinaria en estos casos, cabe la acción de tutela contra el juez moroso para que no siga violando el derecho de acceso a la administración de justicia, que es un derecho fundamental según reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional.

No obstante, como es bien conocido que las personas sienten temor en esos eventos, por cuanto, como es bien conocido, la rabia del moroso denunciado se refleja necesariamente en el fallo adverso, la medida que debería acompañar tanto la decisión de tutela como la providencia de apertura del proceso disciplinario sería la separación automática de ese juez para evitar su influencia nefasta en el proceso, cambiando la radicación correspondiente.

martes, 19 de febrero de 2008

INTERCEPTACIONES S.A.

José Gregorio Hernández Galindo

En momentos en que el Presidente Bush, en los Estados Unidos, manifiesta su preocupación por el hecho de que el Congreso norteamericano no haya aprobado la prórroga de la ley que consagra el programa de espionaje telefónico y de correo electrónico, en el que su administración cifra buena parte de la estrategia en la lucha contra el terrorismo, sin pensar en los derechos fundamentales, en Colombia están a la orden del día, y no sólo sin necesidad de ley sino contra la ley, las interceptaciones telefónicas.

Si está “chuzado” el teléfono del Presidente de la República, no podemos esperar cosa distinta los demás ciudadanos, completamente indefensos ante la actividad de personas u organizaciones desconocidas que han puesto a prueba y en ridículo todos los mecanismos técnicos, administrativos y jurídicos que permitan preservar el derecho a la intimidad y la inviolabilidad de las comunicaciones.

Aunque la Procuraduría acaba de destituir a un general y a varios oficiales de la Policía por las interceptaciones descubiertas el año anterior, lo cierto es que acerca de ellas, y sobre quién las ordenó y para qué, no existe mayor claridad. Además, nada nos permite afirmar que allí estén los únicos interceptadores de comunicaciones privadas, y por el contrario, todo parece indicar que esa es una práctica muy extendida en distintos organismos, desde luego sin aplicar el precepto constitucional. Quienes interceptan y almacenan las grabaciones las tienen bien clasificadas y se dan el lujo de seleccionar aquellas que interesan quién sabe a qué propósitos, para difundirlas a través de los medios de comunicación, que se convierten sin quererlo en instrumentos para el logro de designios ocultos, es decir -y ello es preocupante-, los medios están siendo manipulados por cerebros anónimos.

Da la impresión de que estamos ante una verdadera industria, cuya actividad se desenvuelve en las sombras pero en completa libertad, y en virtud de ella se ha quedado escrita la garantía constitucional a cuyo tenor “la correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables”, pues la práctica demuestra que, por el contrario, resultan demasiado vulnerables. Nadie está seguro de su esfera de privacidad, y esto genera un alto grado de desconfianza en los aparatos telefónicos, en especial los más sofisticados, lo que produce a su vez la extraña consecuencia de que, en lugar de unir, alejan a las personas. La tecnología, usada en contra del ser humano.
Ahora bien, acaba de revelar el Procurador una lista de personas víctimas de las interceptaciones del año 2005. Pero estamos seguros de que no están todos los que son. Y por otro lado, no es suficiente con identificar a las víctimas. Se requiere saber quiénes son los victimarios, no solamente los que como subalternos les sirven de instrumentos, sino los autores intelectuales, o los motores de la interceptaciones, y el plan en que están ocupados, en contra de los derechos esenciales de las personas.


sábado, 16 de febrero de 2008

ELOGIO DE... LA TORTURA



Simplemente lo registramos: el Presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, en declaraciones concedidas a BBC World News América, ha justificado el uso de la tortura.
En efecto, el Jefe de Estado norteamericano se ha referido al método de tormento conocido como "waterbording" o "submarino" (asfixia simulada), que consiste en sumergir en agua la cabeza de una persona amarrada (manos atadas a la espalda), sosteniéndola en esa posición casi hasta el ahogamiento, sacándola de nuevo para que diga o revele algo, volviéndola a sumergir en ocasiones indefinidas, mientras los torturadores no estén satisfechos con sus respuestas. Otra modalidad de esta tortura consiste en en envolver la cabeza del prisionero en una toalla mojada o en una bolsa, con el objeto de dificultarle la respiración, como forma de presionar sus declaraciones, datos o confesiones, o para que haga algo que no quiere hacer (por ejemplo, firmar un documento).
El procedimiento en referencia, que el Director de la CIA Michael Hayden reconoció que se usa en los Estados Unidos y que se infligió a presuntos terroristas vinculados a los atentados del 11 de septiembre de 2001, se extendió en Europa y en América durante la época de la Inquisición, cuando se conocía como "pena del ansia", debido a la angustia que causaba en el torturado.
Bush expresó que gracias a esta "técnica" se ha obtenido información valiosa de presuntos terroristas, y que ella ha ayudado a salvar vidas en Estados Unidos y en otros países del mundo.
A juicio de Bush, este procedimiento. rechazado por la jurisprudencia, la doctrina y las organizaciones de derechos humanos como un evidente atentado contra la vida -indudablemente amenazada en cada inmersión-, contra la integridad personal y contra la dignidad del ser humano, no es tortura.
Al mismo tiempo, se opuso a un proyecto de ley que cursa en el Congreso estadounidense prohibiendo este método -usado para obtener confesiones-, y anunció que acudirá al veto presidencial para bloquearlo, cuando precisamente el miércoles 13 de febrero, por 52 votos a favor y 45 en contra, fue aprobado en el Senado. Había sido aprobado ya por la Cámara el 14 de diciembre del año anterior. La votación en el Senado no alcanzó, empero, la mayoría necesaria (2/3) para superar el veto presidencial.
El Presidente remató su intervención en este sentido diciendo: "Nos aseguraremos de que nuestros profesionales tengan los instrumentos necesarios para hacer su trabajo dentro de la ley". La expresión "profesionales" está referida sin duda a los especialistas en aplicar la tortura.
La Casa Blanca reiteró que "el Presidente Bush vetará cualquier proyecto de ley que imponga limitaciones a las tareas de la Agencia Central de Inteligencia CIA, por entender que su labor es clave en la lucha global contra el terrorismo y para la seguridad nacional".
Con estas declaraciones, Bush compromete a los Estados Unidos de manera grave en violaciones de los Derechos Humanos, no obstante que se trata de un país que proclama la defensa de los mismos, y hasta "certifica" si otros países los respetan o no.
La información de prensa (ABC.es) del 14 de febrero decía:
"El Senado norteamericano respaldó ayer por 51 votos a favor y 45 en contra la ley procedente del Congreso que prohíbe terminantemente a la CIA utilizar el simulacro de ahogamiento como método de interrogatorio. La Casa Blanca ha anunciado que el presidente George W. Bush utilizará su poder de veto contra esta ley.
Lo que está en juego no es sólo que la CIA no vuelva a hacerlo nunca más, sino qué pasa con sus agentes que ya lo han hecho. La CIA pidió, y obtuvo, un informe favorable del Departamento de Justicia de la época como cobertura legal de sus acciones. El actual fiscal general del Estado, Michael Mukasey, se ha declarado incapaz para perseguir algo que su Departamento autorizó en el pasado.
Pero las Cámaras legislativas ya no van a dejar pasar ni una. Otra cosa es que Bush vete la ley, como ya anunció que haría, con el argumento de que esta norma «interfiere» las posibilidades de efectuar «interrogatorios lícitos de prominentes terroristas de Al Qaeda» para obtener informaciones que salven vidas.
Convencer
Pero parece que al presidente en este caso le va a resultar más fácil vetar que convencer: se da la circunstancia de que precisamente el uso de técnicas ilegales de interrogatorio puede comprometer los seis procesos abiertos contra presos de Guantánamo, para los que se solicitan otras tantas penas de muerte, por considerarles artífices de los atentados del 11-S.
Además, recientes informaciones han dejado en ridículo a la CIA y a sus «chicos duros», que saltándose la ley y la ética a la torera no han conseguido casi ningún dato de interés sobre Al Qaeda, mientras que el FBI, mucho más respetuoso de la legalidad, sí ha sacado algo en limpio.
Los entusiastas de la mano dura dicen que sin que la CIA «ablandara» primero a los interrogados, el FBI no habría tenido éxito. Pero por ahora no es esa la hipótesis que tiene más éxito. Hasta el favorito para la nominación presidencial por parte del bando republicano, John McCain, está en contra del simulacro de ahogamiento y de toda tortura. Ya la padeció él bastante cuando era prisionero en Vietnam."
En Octubre de 2007, en declaraciones para la CNN, el ex presidente Jimmy Carter denunció que el gobierno de los Estados Unidos tortura a prisioneros y aseguró que el actual Jefe de Estado Bush estableció las condiciones necesarias para incurrir en esa práctica que viola el Derecho Internacional.
Carter dijo: "No creo" que el gobierno de Bush torture, sino que "...lo sé de manera cierta...". Y agregó:"Por primera vez en mi vida, nuestro país ha abandonado los principios básicos de los Derechos Humanos. Dijimos que la Convención de Ginebra no se aplica a las personas recluídas en la prisión de Abu Ghraib y en Guantánamo, y dijimos que podemos torturar a los prisioneros...".
Carter sostuvo que métodos aplicados en los Estados Unidos -divulgados por The New York Times al dar a conocer en ese mismo mes documentos secretos del Departamento de Justicia que apoyaban el uso de "técnicas severas de interrogatorio"-, tales como golpes en la cabeza, sometimiento a temperaturas gélidas o la simulación de ahogamiento -que ahora Bush defiende abiertamente-, son formas de tortura bajo las normas internacionales.

jueves, 14 de febrero de 2008

ESTAFA Y OMISIÓN

Ineficacia de las autoridades.
Los de la vista gorda.
Ludovico Ariosto
Solamente gracias a la presión de los medios de comunicación, que mostraron a los colombianos las filas interminables de incautos que llevaban sus dineros a las empresas de garaje diseminadas en varias ciudades, con la promesa de multiplicar las inversiones por la vía de cuantiosos intereses, finalmente las autoridades han decidido organizar un bloque de acción contra la estafa colectiva, de la que han sido víctimas miles de colombianos.

En efecto, las superintendencias de sociedades y financiera; la Fiscalía General de la Nación y la DIAN anuncian que adelantarán las investigaciones orientadas a determinar en qué consisten las irregularidades de estos procesos, que sin duda son fraudulentos, y a detectar a los responsables de la rapiña.

Pero eso ha ocurrido, insistimos, solamente después de que durante muchos meses las masivas captaciones se produjeron a ciencia y paciencia de las autoridades, que en consecuencia, incurrieron en grave e imperdonable omisión, y cuando se denuncia que hay perdidos, al menos por lo que se sabe hoy, algo más de 4.000 millones de pesos en las llamadas "pirámides", y cuando se han presentado numerosas denuncias por estafa y captación ilícita de fondos de los particulares, en diferentes localidades de nuestra geografía.

Llama la atención el hecho de que hasta agentes de la Policía Nacional engrosaban las filas de los inversionistas atraídos por la fiebre del dinero fácil y del rendimiento rápido de sus recursos. Muchos vendieron bienes y prendas, para llevar su producido a los fantasmas captadores de dinero, cuando en nuestro sistema jurídico, desde hace varios años, se han tipificado las conductas punibles relacionadas con la actividad de intermediación financiera ilegal, sin que la Fiscalía hubiese tomado antes cartas en el asunto.

Tenemos que preguntarnos igualmente cuál es el origen de esos dineros, y ya veremos que muy probablemente, al menos en algunos casos sobre los cuales debe desplegarse la actividad investigativa de las autoridades, corresponden a lavado de activos.
Obviamente, lo que se espera de los organismos de control no es otra cosa que determinar si alguien -creemos que muchos servidores dentro del aparato estatal- debe responder, como lo indica el artículo 6 de la Constitución, por omisión en el ejercicio de sus funciones. En términos del lenguaje popular, si unos o muchos funcionarios -y quiénes- se hicieron los de la vista gorda.

EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO COMO SISTEMA


No puede ser una política aislada ni improvisada
José Gregorio Hernández Galindo

Lo ocurrido con el terreno denominado Carimagua puede ser un ejemplo de la errónea idea que prevalece acerca de los caracteres de nuestro ordenamiento a la luz de la parte dogmática de la Constitución, y muy concretamente de la concepción equivocada del Estado Social de Derecho.
En efecto, el argumento del Ministro de Agricultura consistía -afortunadamente se ordenó ya suspender la licitación- en sostener que los desplazados no tienen recursos para desarrollar el predio desde el punto de vista de la productividad, cosa que, según ese mismo criterio, sí podían hacer los empresarios particulares.
Aparte de las consideraciones de orden constitucional acerca de la necesaria atención a los desplazados, y de las sospechas que han surgido sobre el interés de personas vinculadas al Gobierno en esas tierras, lo cierto es que si a las familias desarraigadas por la violencia se les entrega el predio sin más ni más, es decir, sin acompañar esa entrega con unas garantías de que podrán acudir con facilidad al crédito y de poder sostener la explotación y luego la comercialización de los productos agrícolas, y en la casi certidumbre de que fracasarán allí, alguien pudiera pensar, viendo las cosas desprevenidamente, que el Ministro tenía razón. Pero no, si se concibe el Estado Social de Derecho como un sistema coherente y armónico, orientador de la actividad del Estado, en el cual tienen sentido, ubicación y función, a la luz de unos criterios nítidamente definidos, las distintas piezas -económicas, sociales, jurídicas- y las variables que se deben tener en consideración con miras a objetivos propios de la colectividad y el interés común. Tampoco, si se diseña y aplica, desde los organismos públicos competentes, todo un conjunto de medidas de carácter económico y social para ofrecer a los desplazados esas posibilidades reales. Lo cual implicaría, a la vez, obligar a las instituciones financieras a prestar sus recursos en condiciones contempladas por ley especial que se dictara, y modificar los esquemas de comercialización adecuados.
Es que el Estado Social de Derecho no es una entelequia. Su fundamento radica en relacionar la actividad pública, en sus distintas manifestaciones y de un manera coordinada, con la realidad, para alcanzar los objetivos de la sociedad.
Eso, y no otra cosa, surge de normas constitucionales tan claras como la del artículo 334 de la Constitución, según el cual el Estado es el director general de la economía, pero -agregamos nosotros- no por el prurito de dirigirla, sino para ponerla al servicio de los intereses prioritarios, que son los de la comunidad.
El mencionado precepto señala que el Estado, por mandato de la ley, debe intervenir "...en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano".
Proclama la misma disposición que el Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. Y también para "..promover la productividad y la competitividad, y el desarrollo armónico de las regiones"
A todo lo cual se añade que, según el artículo 335 de la Constitución, las actividades de intermediación en el crédito, en sus distintas modalidades, sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley, "..la cual regulará la forma de intervención del Gobierno en estas materias y promoverá la democratización del crédito". Ya decíamos en otro editorial que, al tenor del artículo 66 de la Carta Política, las disposiciones que se dicten en materia crediticia podrán reglamentar las condiciones especiales del crédito agropecuario, teniendo en cuenta los ciclos de las cosechas y de los precios, como también los riesgos inherentes a la actividad y las calamidades ambientales.
En fin, el Estado Social y Democrático de Derecho encuentra sustento muy profuso en las normas constitucionales vigentes, buena parte de ellas hoy inaplicadas, y definitivamente no lo podemos concebir como una teoría vana y distante, ni entender la política económica como un complejo de cifras y stándares alejados del objetivo primordial de toda la estructura: el ser humano, sus derechos, sus necesidades y sus expectativas.
Esa política no puede ser incompleta, parcial, deshumanizada, aislada e improvisada, al vaivén de intereses coyunturales o puramente particulares.

martes, 12 de febrero de 2008

LA ADVERTENCIA DEL PROCURADOR

Que no se deje convencer por el Ministro

José Gregorio Hernández Galindo

En torno al asunto de Carimagua y la muy discutida y discutible decisión del Ministro de Agricultura en el sentido de "desplazar a los desplazados", para abrir una licitación con miras a adjudicar las tierras correspondientes a título de concesión, por cincuenta años, a empresarios privados, ha sido digna de destacar la advertencia del Procurador General, Dr. Edgardo Maya Villazón, sobre la inconstitucionalidad del acto, que entonces debería ser revocado directamente por quienes lo dictaron o por sus superiores, como lo enseña el Código Contencioso Administrativo.
Pero esta mañana el Ministro sostuvo en los medios que habló con el Procurador y que espera haberlo convencido con sus argumentos "técnicos" -que quiere hacer prevalecer sobre los jurídicos y sobre los derechos de los desplazados- .
Hacemos votos por que el Procurador no se convenza, y por el contrario inicie las investigaciones pertinentes, tema al cual se refiere LUDOVICO ARIOSTO, en columna de hoy en el blog Cosa Pública, de El País.com, que transcribimos parcialmente:
"Ya el Ministro ha dicho que solamente cometió un error en este asunto: no el de haber lesionado los derechos de esta agrupación humana débil en beneficio de empresarios, sino el de "no haber mantenido informados a los organismos de control". Es una respuesta descarada y jurídicamente inaceptable: incurre en contumacia al insistir en algo que ya el Ministerio Público le dijo que es ilegal, y por otro lado supone erróneamente que uno puede estar haciendo algo indebido y seguir haciéndolo tranquilamente siempre y cuando informe a quienes lo vigilan y deberían por ello sancionarlo.
Sobre el punto, nuestro criterio es el de que, además de frenar el negocio, interrumpiendo el proceso de licitación y haciendo prevalecer los postulados de la Carta Política y del Estado Social de Derecho sobre la voluntad del Ministro, la Procuraduría debe iniciar las investigaciones pertinentes, para establecer el verdadero porqué de esa decisión tan extraña y sorpresiva, y para saber a quién o a quiénes beneficia, y la razón por la cual el Gobierno quiere beneficiarlo o beneficiarlos. Y la Contraloría también debe investigar.
Aquí aportamos, a título de recorderis, los siguientes textos constitucionales: el artículo 1, según el cual Colombia es un Estado Social de Derecho; el artículo 2, a cuyo tenor las autoridades de la República están instituídas, entre otros propósitos, para "asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares"; el 5, que proclama el reconocimiento del Estado, sin discriminación alguna, de la primacía de los derechos inalienables de la persona y el amparo a la familia (como las familias de los desplazados) en calidad de institución básica de la sociedad; el 13, que expresamente obliga al Estado a promover "las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva" y a adoptar "medidas en favor de grupos discriminados o marginados" mientras aquí se adoptan en favor de grupos poderosos de empresarios; el 64, que afirma: "Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educacion, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vi de los campesinos".
¿Que -dice el Ministro- los desplazados no tienen con qué hacer productiva la tierra?. Para eso, Ministro, está el crédito, por cuanto no se trata de entregar tierras a los desplazados y luego dejarlos abandonados a su suerte. Y no olvidemos el artículo 66 de la Constitución colombiana: "Las disposiciones que se dicten en materia crediticia podrán reglamentar las condiciones especiales del crédito agropecuario, teniendo e cuenta los ciclos de las cosechas y de los precios, como también los riesgos inherentes a la actividad y las calamidades ambientales".
Eso, sin contar con las varias sentencias de la Corte Constitucional sobre los desplazados."
Reiteramos: esta no es una política acorde con la prevalencia de los derechos de grupos discriminados o marginados, ni con el Estado Social de Derecho.
Que el Ministro Arias no convenza al Procurador; que éste adopte las medidas necesarias para impedir el atropello, y que el Gobierno proceda, como corresponde a un Estado Social de Derecho, entregando esas u otras tierras a los desplazados, brindándoles además -como es su obligación- facilidades de crédito y recursos para desarrollar los predios y hacerlos producir, así como mecanismos aptos para la comercialización de sus productos agrícolas. Es todo lo que pedimos en este blog, en defensa de nuestro Derecho Constitucional.

lunes, 11 de febrero de 2008

FAMILIAS DOBLEMENTE DESPLAZADAS

Una política estatal indolente e inconstitucional

José Gregorio Hernández Galindo

Nos ha parecido insólita la noticia publicada el domingo en el diario EL TIEMPO en el sentido de que el Ministro de Agricultura y el INCODER han resuelto cambiar abruptamente la destinación de un terreno de 17.000 hectáreas ubicado en el Departamento del Meta, que estaba previsto para solucionar al menos en parte los problemas de los miles de desplazados por la violencia de los paramilitares y la guerrilla, y lo entregan en concesión por 50 años a empresarios de palma, caucho y madera.

Además de que el Estado no ha cumplido en realidad con las varias sentencias de la Corte Constitucional sobre tan grave asunto -la Corte dice que en algo ha mejorado su actitud, pero no está completamente satisfecha-, lo ocurrido es inconcebible si se considera el compromiso que ahora ese mismo Estado contrae con particulares, sobre la base de una motivación que no está nada clara y por un término completamente inconsulto y demasiado extenso.

Según la información, la Gobernación del Meta ya había preseleccionado a las primeras familias que se beneficiarían con esa tierra, las cuales ahora quedan desamparadas, ante una determinación oficial inexplicable, en desarrollo de la cual ya se abrió en diciembre pasado la licitación para entregar el terreno a los inversionistas.

Nos preguntamos si esta actitud del Gobierno corresponde a la que se esperaría de los organismos oficiales en un Estado Social de Derecho, y si ese es el concepto que tiene el Ejecutivo acerca de la función social que se proclamó desde 1936, cuando comenzaron en Colombia los esfuerzos por una reforma agraria renovadora y democrática.

Nos preguntamos también por el posible desacato a las providencias proferidas por la Corte Constitucional, y si sería el caso de acudir de nuevo a la acción de tutela para garantizar, ante semejante exabrupto, los derechos fudamentales de las familias desplazadas.

Obviamente, también cabe preguntar si esta no es otra forma -adicional, como si tuviéramos pocas- de verdadera violencia contra los más desprotegidos.
Es muy grave lo que ocurre en Colombia con los desplazados, quienes no tienen la culpa de haberse encontrado ubicados en los lugares azotados por la subversión y el paramilitarismo, que venían desarrollando su vida y actividades normalmente y que fueron sorprendidos y asaltados por los delincuentes de distintos orígenes y sacados de sus tierras de manera inmisericorde.
El Estado, que no evitó ni contuvo los hechos de terrorismo y muerte que dieron lugar al desplazamiento, tiene que asumir ahora su responsabilidad, y al menos cumplir -como lo ha expresado hasta la saciedad la jurisprudencia- con procurar la reparacion de los perjuicios causados -no se nos olvide que los desplazados son víctimas-, y con la atención de sus más inmediatas y elementales necesidades en materia de salud, educación, agua potable, vivienda, para lo cual debe desplegar una actividad que no implica hacerles favores ni otorgarles dádivas. Se trata de derechos inalienables que están siendo violados de manera contínua, inclusive por los agentes estatales, como en esta ocasión, si el Ministerio y el Incoder no proceden de inmediato a sustituir, en beneficio efectivo de las familias desplazadas, las tierras de las que, por una política contraria al orden justo que la Constitución proclama, han sido despojadas.
Diríase que estas familias han sido desplazadas dos veces, primero por los violentos, y ahora por el propio Estado.

Aserrín, Aserrán

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ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO. EX MAGISTRADO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA