Diecisiete años de jurisprudencia constitucional
Informe de Ludovico Ariosto
04 Agosto de 2008
Se reúne en la ciudad de Cartagena, organizado por la Corte Constitucional, el IV Encuentro de la Jurisdicción Constitucional, los días 4, 5 y 6 de agosto de 2008, convocado con el fin de hacer un balance, y de evaluar en perspectiva los diecisiete años de Jurisprudencia de esa Corporación.
Desde luego, se espera un análisis objetivo y científico de lo que ha hecho la Corte en estos años, tanto en el campo del control de constitucionalidad abstracto como en la revisión de los fallos de tutela, con un sentido de integración de todo el conjunto de sus líneas doctrinales, de estudio global de sus criterios en materia de derechos, estructura del Estado y fundamentos del sistema establecido en 1.991, y por supuesto, la labor de los jueces constitucionales también será mirada con un sentido crítico.
Además de los magistrados de la Corte Constitucional colombiana, habrá ponencias del Presidente del Tribunal Constitucional del Perú, Dr. César Rodrigo Landa Arroyo, y del Presidente del Tribunal Constitucional del Ecuador, Dr. Patricio Pazmiño Freire, quienes disertarán respectivamente sobre "Los precedentes vinculantes en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú" y "Proceso Constituyente y Justicia Constitucional".
Asisten al Encuentro, aparte de los actuales miembros de la Corte, los presidentes de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura, los ex magistrados de la Corporación Antonio Barrera Carbonell, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Alejandro Martínez Caballero, Eduardo Montealegre y Fabio Morón Díaz.
1 comentario:
No cabe duda que hay una mora judicial que perjudica a la sociedad, en cuanto a que permanentemente se mantiene la vulneraci´pn a los derechos fundamentales de nuestro nacionales, lo anterior teniendo en cuenta que La acción de Tutela protagonista importante de nuestra nueva Consitución, en muchas ocasiones son desconocidos sus fallos por los accionados, puesto que esperan la instancia del incidente de desacato, situación que en ocasiones es efectivo su accionar pero en otras no tanto puesto que quienes tienen la potestad de administra justicia muchas veces por su considerable núemros de procesos dejan esta instancia a un lado olvidando muchas veces la necesidad del accionantes, estamos en mora de la creación de jueces constitucianales que conozca solo esta materia, es decir es de imperiosa necesidad la creación de una jurisdicción Constituciona, puidiendo de esta manera descongestionar el fenomeno de la congestión judicial
Publicar un comentario