JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
Se llevó a cabo anoche la primera parte del trámite de moción de censura, iniciado por el partido liberal y el polo democrático contra el Ministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, aplicando ya las normas del Acto Legislativo Nº 1 de 2007.
Dejando de lado los aspectos partidistas del asunto, es menester observar que por primera vez se controvierte en el Congreso, mediante uno de los mecanismos de control político, y con miras a responsabilizar al Estado, lo relativo a las actuaciones oficiales en torno a la suerte de los miles de desplazados por la violencia.
En efecto, las expresiones de descontento de varios senadores de la República con los resultados, y especialmente con la política estatal en esa materia, fueron contundentes, en el sentido de mostrar que las ya reiteradas providencias de la Corte Constitucional buscando la aplicación de los principios fundamentales sobre derechos humanos en cuanto a ese sufrido sector de la población, han sido hasta ahora incumplidas. El caso de Carimagua, conducido por el Ministro cuya censura se pide, ha constituido el ejemplo, pero en el desarrollo del debate de anoche se puso en tela de juicio de manera general todo el conjunto de las actividades que deberían estar orientadas a desarrollar lo dispuesto en los fallos, pero que en realidad los contradicen, y mucho más allá, pudimos percibir dos enfoques completamente incompatibles: la visión neoliberal que encarna en este caso el doctor Arias, y la perspectiva social demócrata de la oposición, que exponen con claridad legisladores tan importantes como Cecilia López Montaño.
Vendrá, por supuesto, al tenor del nuevo artículo 135, numeral 8 de la Constitución, la sesión final en que el Senado habrá de decidir acerca de la moción de censura planteada. Ello acontecerá entre el tercero y el décimo día siguientes con audiencia pública del funcionario, y ya no -como ocurría en el pasado- con las dos cámaras sesionando conjuntamente. Solamente lo hará el Senado, y si la propuesta de la oposición logra el voto afirmativo de la mitad más uno de sus integrantes, el funcionario quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia, a menos que la motiven hechos nuevos. Y en esta ocasión, no podrá haber renuncia del Ministro, que venga a neutralizar la decisión del Senado -como ocurrió hace algunos años con el doctor Nestor Humberto Martínez, Ministro del Interior de Andrés Pastrana-, por cuanto el nuevo Acto Legislativo señaló perentoriamente que la eventual dimisión del funcionario no impide que se culmine la votación al respecto.
En todo caso, el tema de fondo, sobre la política en materia de desplazamiento, sigue en el primer orden de debate por parte de los colombianos.
Dejando de lado los aspectos partidistas del asunto, es menester observar que por primera vez se controvierte en el Congreso, mediante uno de los mecanismos de control político, y con miras a responsabilizar al Estado, lo relativo a las actuaciones oficiales en torno a la suerte de los miles de desplazados por la violencia.
En efecto, las expresiones de descontento de varios senadores de la República con los resultados, y especialmente con la política estatal en esa materia, fueron contundentes, en el sentido de mostrar que las ya reiteradas providencias de la Corte Constitucional buscando la aplicación de los principios fundamentales sobre derechos humanos en cuanto a ese sufrido sector de la población, han sido hasta ahora incumplidas. El caso de Carimagua, conducido por el Ministro cuya censura se pide, ha constituido el ejemplo, pero en el desarrollo del debate de anoche se puso en tela de juicio de manera general todo el conjunto de las actividades que deberían estar orientadas a desarrollar lo dispuesto en los fallos, pero que en realidad los contradicen, y mucho más allá, pudimos percibir dos enfoques completamente incompatibles: la visión neoliberal que encarna en este caso el doctor Arias, y la perspectiva social demócrata de la oposición, que exponen con claridad legisladores tan importantes como Cecilia López Montaño.
Vendrá, por supuesto, al tenor del nuevo artículo 135, numeral 8 de la Constitución, la sesión final en que el Senado habrá de decidir acerca de la moción de censura planteada. Ello acontecerá entre el tercero y el décimo día siguientes con audiencia pública del funcionario, y ya no -como ocurría en el pasado- con las dos cámaras sesionando conjuntamente. Solamente lo hará el Senado, y si la propuesta de la oposición logra el voto afirmativo de la mitad más uno de sus integrantes, el funcionario quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia, a menos que la motiven hechos nuevos. Y en esta ocasión, no podrá haber renuncia del Ministro, que venga a neutralizar la decisión del Senado -como ocurrió hace algunos años con el doctor Nestor Humberto Martínez, Ministro del Interior de Andrés Pastrana-, por cuanto el nuevo Acto Legislativo señaló perentoriamente que la eventual dimisión del funcionario no impide que se culmine la votación al respecto.
En todo caso, el tema de fondo, sobre la política en materia de desplazamiento, sigue en el primer orden de debate por parte de los colombianos.
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